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Aranzadi LA LEY

Newsletter de diariolaley.es

30 de septiembre de 2026

Diario La Ley

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Noticias Aranzadi LA LEY te ofrece sus podcast, actualizados a diario, para que puedas estar puntualmente informado de la actualidad jurídica

Todos los días podrás escuchar los contenidos que hemos preparado con las noticias más destacadas.

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#LegalForum26

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IA, innovación, talento, negocio y geopolítica, así fue el Legal Management Fórum 2026 en su sesión plenaria

Os contamos las claves de todo lo que se habló en la sesión plenaria de este encuentro que, desde hace ya 13 años, reúne a los profesionales del sector legal.

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Eduardo García de Enterría. Obra jurídica completa

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Entrevista a Tomás Ramón Fernández, Luis Martín Rebollo y Germán Fernández Farreres, editores de la obra jurídica completa de Eduardo García de Enterría
«En gran medida, la conformación del Derecho Administrativo o, más en general, del Derecho Público de nuestro tiempo, no se puede explicar sin las aportaciones continuas de Eduardo García de Enterría»

Eduardo García de Enterría, ha sido considerado el gran renovador del Derecho Administrativo español. Fue autor de una extensa y excepcional producción científica que hasta el momento permanecía dispersa y que ahora se ha recopilado en cuatro volúmenes de más de 7.000 páginas. Hablamos con los tres impulsores y editores de esta iniciativa en una entrevista conjunta en la que nos cuentan cómo fue el proceso de su elaboración, su contenido y lo que aporta su lectura a los profesionales jurídicos.

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Nota de la Redacción

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Hoy en nuestra portada LA LEY Unión Europea nº 150, septiembre 2026

Después del verano y concluido septiembre llega al diario LA LEY el Especial de la Unión Europea. Les ofrecemos una selección de lo más importante publicado en la revista mensual. Esperamos que sus contenidos les resulten de utilidad.

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Regulación

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El Reglamento europeo contra la deforestación tras la revisión de 2025 y el paquete de simplificación de 2026: seguridad jurídica, diligencia debida y eficacia ambiental

Maurizio Flick

Investigador. Universidad de Padua, Dipartimento Territorio e Sistemi Agro-Forestali (TESAF)

El comentario analiza el Reglamento (UE) 2023/1115 sobre productos libres de deforestación tras las modificaciones de 2024, la revisión introducida por el Reglamento (UE) 2025/2650 y las medidas de simplificación de 2026, incluido el informe COM(2026) 191 final, la tercera edición de la Guía de 13 de julio y la modificación del anexo I cuya adopción fue anunciada por la Comisión mediante acto delegado. Se sostiene que la simplificación no suprime formalmente el núcleo material de la EUDR: los productos pertinentes solo pueden introducirse, comercializarse o exportarse si son libres de deforestación, cumplen la legislación pertinente del país de producción y están amparados, según proceda, por una declaración de diligencia debida o una declaración simplificada. Sin embargo, la permanencia de esa regla no garantiza por sí sola una eficacia ambiental equivalente. El resultado dependerá de la correcta identificación de los operadores obligados, de la calidad de la diligencia debida ejercida aguas arriba, de la reacción ante información nueva, de la interoperabilidad del sistema de información y de controles nacionales homogéneos. El trabajo examina asimismo el régimen de los micro y pequeños operadores primarios, las obligaciones de operadores posteriores y comerciantes, la trazabilidad y geolocalización, el valor no automático de certificaciones y mapas, los límites del acto delegado y las consecuencias para España, Italia y la contratación en las cadenas agroalimentarias y forestales.

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Acciones de la Unión Europea

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Reflexiones a la luz de los Informes de la Décima Ronda de Evaluaciones Mutuas sobre la aplicación de la Orden europea de Investigación. Primera valoración de la propuesta de Directiva refundida de junio 2026

Francisco Jiménez-Villarejo Fernández

Fiscal de Sala Coordinador de Cooperación Penal Internacional. Fiscalía General del Estado

El trabajo analiza, tras casi una década de aplicación de la Directiva 2014/41/UE, la situación de la Orden Europea de Investigación (OEI) como principal instrumento de la cooperación internacional en materia de obtención de prueba en el Derecho de la Unión; partiendo del Informe Final de la Décima Ronda de Evaluaciones Mutuas y, particularmente, del Informe sobre su aplicación en España, con atención especial al impacto de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE en la materia (Delda, WBS GmbH, Bissilli). Todo ello, desde la atalaya de la experiencia práctica del Ministerio Fiscal, como autoridad única de recepción y principal autoridad de ejecución de este instrumento en nuestro país. De la mano de este protagonista privilegiado el trabajo recorre la génesis, primeros pasos y el funcionamiento de la OEI en nuestro país; repasando las nueve recomendaciones del Informe sobre su aplicación en España que conciernen al Ministerio Fiscal y los criterios institucionales fijados en respuesta a las mismas, incluyendo las aportaciones a la propuesta de refundición de la nueva Directiva realizadas desde la FGE y su articulación con el paquete e-Evidence.

Finalmente, el trabajo aprovecha la reciente publicación de la propuesta de nueva Directiva de OEI refundida con la nueva Orden Europea de Participación Remota (ERPO) para concluir con una primera valoración de dicha iniciativa normativa lanzada por la Comisión el 23 de junio de 2026 (COM(2026) 313 final) y las principales reformas proyectadas por el legislador europeo.

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Opinión

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El galopante déficit democrático de la Comisión von der Leyen

Isaac Ibáñez García

Abogado

Lejos de reducirse el acuñado como déficit democrático de la Unión Europea, la Comisión von der Leyen, con sus políticas desarrolladas desde el año 2019, lo ha incrementado, reduciendo considerablemente y de forma premeditada la efectividad de los derechos de participación ciudadana en la vida democrática de la UE.

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Ensayo de Jurisprudencia

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Reintegro de subvenciones y principio de proporcionalidad

Enrique de Miguel Canuto

Catedrático de Derecho financiero. Universidad de Valencia

¿Cómo debe graduarse el reintegro o restitución de las ayudas públicas con fondos europeos en caso de incumplimiento de condiciones, frustración de la finalidad a conseguir o ausencia de realización de la actividad comprometida, por parte del beneficiario?

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La revisión judicial de las decisiones de compromisos que ponen fin a un procedimiento de aplicación del art. 101 TFUE y los intereses de terceros

Juan Arpio Santacruz(*)

Profesor Titular de Derecho Mercantil

El art. 9 del Reglamento (CE) n.o 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, prevé la posibilidad de que la Comisión finalice los procedimientos de aplicación de los arts. 101 o 102 TFUE mediante una decisión de compromisos. El Reglamento no obliga expresamente a la Comisión a tener en cuenta los derechos e intereses de terceros cuando adopta una decisión de compromisos, pero los Tribunales de la Unión han deducido esta obligación de los principios generales del Derecho de la Unión Europea. Este art. expone la contribución de la revisión judicial para establecer un equilibrio entre la eficacia procedimental y la protección de los derechos e intereses de terceros en el ámbito de las decisiones de compromisos.

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La consolidación jurisprudencial del recurso efectivo en el Sistema Europeo Común de Asilo: de Alheto a S (C-198/25)

Nuria Arenas Hidalgo

Profesora Titular de Derecho Internacional Público, Universidad de Huelva(1)

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 4 de junio de 2026, S c. Minister van Asiel en Migratie (C-198/25), constituye uno de los pronunciamientos más relevantes sobre el alcance del derecho a un recurso efectivo en el Sistema Europeo Común de Asilo. El presente trabajo analiza su aportación a partir de la evolución jurisprudencial iniciada con las sentencias M., Alheto, Torubarov y Addis, poniendo de relieve cómo el Tribunal de Justicia ha reforzado progresivamente las facultades del órgano jurisdiccional en el examen de las solicitudes de protección internacional. En particular, se estudia cómo la sentencia S consolida con carácter jurídicamente vinculante la competencia del órgano jurisdiccional para valorar autónomamente la credibilidad de la persona solicitante, considerar hechos y pruebas sobrevenidos y pronunciarse de forma vinculante sobre la necesidad de protección internacional, así como los límites que esta doctrina impone a la autonomía procesal de los Estados miembros. Finalmente, se examina la proyección de esta jurisprudencia sobre el Reglamento (UE) 2024/1348, sosteniendo que la sentencia redefine el equilibrio entre eficiencia administrativa y tutela judicial efectiva sobre el que se articula el nuevo procedimiento común de asilo.

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Sentencias seleccionadas

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Los animales de compañía y el concepto de «equipaje» en el transporte aéreo

Alberto Dorrego

Socio del Departamento de Derecho Público y miembro del Comité Ejecutivo de Eversheds Sutherland en la oficina de Madrid

El presente art. analiza la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictada el 16 de octubre de 2025 en el asunto C-218/24, conocido como Felicísima c. IBERIA e IATA (ECLI:EU:C:2025:794).

La resolución trae causa de un procedimiento iniciado ante un Juzgado de lo Mercantil de Madrid en el que una pasajera reclamó una indemnización por daño moral a raíz del extravío de su perra durante un vuelo operado por Iberia entre Buenos Aires y Barcelona. La cuestión central giraba en torno a si los animales de compañía quedan comprendidos, o no, dentro del concepto de «equipaje» del Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional, hecho en Montreal el 28 de mayo de 1999 (en adelante, «Convenio de Montreal» o «CM99»), y si, en consecuencia, les resulta aplicable el límite de responsabilidad establecido en el art. 22, apartado 2, de dicho instrumento convencional.

El TJUE, integrando el significado ordinario del término «equipaje», el contexto normativo del Convenio y sus objetivos teleológicos resolvió que los animales de compañía no están excluidos del concepto de «equipaje» a efectos de los arts. 17, ap. 2, y 22, ap. 2, del CM99. La sentencia tiene una dimensión excepcionalmente importante dado que el CM99 es de aplicación no solo en el conjunto de la UE sino en 140 Estados. Afecta, por consiguiente, al régimen jurídico del transporte de animales de compañía en todo el mundo.

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Solución final al problema de la utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público: la superación de la figura disfuncional del «indefinido no fijo»

José Luis Monereo Pérez

Catedrático y Director del Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Granada. Presidente de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social (AESSS). Director de las Revistas de Derecho de la Seguridad Social y Crítica de Relaciones de Trabajo, Laborum

Sara Guindo Morales

Profesora Titular de Universidad. Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Granada

El propósito de este trabajo de investigación consiste en analizar la STJ GS 14 de abril de 2026, que tiene por objeto la interpretación de la cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada, petición que se ha presentado en el contexto de un litigio entre el TJ y la Comunidad de Madrid en relación con la calificación de la relación laboral que vincula a la interesada con esta Administración Pública. Asimismo, se analiza la posterior e importante STS 11 de mayo de 2026 que ha puesto una solución final a este asunto.

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¿Seguridad internacional vs propiedad privada?: Los conceptos autónomos y el efecto útil como herramientas para evitar la elusión de las medidas restrictivas contra Rusia a través de los fideicomisos

Andrés Bautista-Hernáez(2)

Profesor Titular de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales

Los fideicomisos tipo trusts suponen estructuras complejas que permiten disociar el patrimonio de una persona aportado al mismo. En este contexto, resulta fundamental delimitar el nexo entre los bienes y el titular real para permitir una aplicación efectiva de las medidas de inmovilización de activos por la Unión Europea con motivo de la guerra de agresión rusa a Ucrania. En su sentencia de 21 mayo 2026 el TJUE elabora por primera vez una noción autónoma y uniforme en toda la Unión sobre los conceptos de "propiedad" y "control" que ayudará a luchar contra la creación de estructuras societarias complejas para evadir la imposición de tales restricciones patrimoniales.

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El primer pronunciamiento sobre el Reglamento europeo sobre la libertad de los medios (EMFA): aplicación temporal, rectificación y circulación transfronteriza de información

Isabel Serrano Maíllo

Profesora Titular de Derecho Constitucional

La Sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de mayo de 2026 constituye el primer pronunciamiento referido al Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación (Reglamento (UE) 2024/1083, conocido como EMFA). Su interés no reside en una interpretación sustantiva del nuevo marco europeo, que el Tribunal evita, sino en la delimitación de su aplicación temporal. Siguiendo el orden de las tres cuestiones prejudiciales, este trabajo analiza la aplicación temporal del art. 3; la compatibilidad con el Reglamento de una regla nacional que obliga al medio a probar la verdad material de una información procedente de otro Estado miembro; y la posibilidad de invocar autónomamente los arts. 11 de la Carta y 2 TUE. Finalmente, se examina la posible incidencia de esta doctrina en el sistema español de rectificación.

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Reconocimiento mutuo y ejecución de sentencias penales entre Estados miembros: Incomparecencia personal del acusado en el proceso con asistencia y defensa letrada

Blanca Leal Romera(1)

Graduada en Derecho y Criminología. Técnico de apoyo a la investigación del grupo CAJI

El objetivo de la presente contribución es analizar la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de mayo de 2026 (en adelante, TJUE), asunto C-447/24, que ofrece una interpretación del art. 9.1.i) de la Decisión Marco 2008/909/JAI, relativo a la posibilidad de denegación del reconocimiento y ejecución de sentencias entre Estados miembros dictadas en procesos penales celebrados in absentia, pero con asistencia letrada. El Alto Tribunal europeo examina con sólidos argumentos el derecho de todo acusado a estar presente en el juicio, las excepciones a la comparecencia personal y, en concreto, el rol que desempeña mediante mandato el abogado defensor en sustitución de la parte procesal. Asimismo, en la sentencia se recuerda que los ordenamientos jurídicos nacionales se deben interpretar a la luz del derecho de la Unión Europea.

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Derecho de residencia derivado para familiares de ciudadanos de la Unión Europea: entre el derecho a no moverse y el interés superior del menor

Antonia Durán Ayago

Catedrática de Derecho Internacional Privado

Con esta sentencia, el TJUE avanza en la consolidación del estatuto de ciudadanía europea y en el desarrollo de los derechos a él anudados, realizando una interpretación del derecho de residencia derivado para familiares de ciudadanos europeos menores de edad que necesitan a sus progenitores para ser cuidados y atendidos, amparándose en el respeto al derecho de la vida familiar y en el interés superior del menor. La singularidad de este caso se encuentra en que la madre, de origen marroquí, disponía de una autorización de residencia en España, pero no en los Países Bajos, que es donde vivía su hijo y su marido, nacionales neerlandeses.

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La instrumentalización del matrimonio al objeto de disfrutar del derecho a la libre circulación y residencia

Mercedes Vidal Gallardo

Catedrática de Derecho Eclesiástico del Estado

El elemento migratorio está configurando un panorama social, político, económico y cultural que exige al derecho afrontar nuevos desafíos ante su creciente presencia en los distintos ámbitos en que se proyecta. Este contexto puede ser propicio para la creación de la apariencia de una unión matrimonial a través de la cual se consigan algunos derechos derivados de este vínculo jurídico, actuando en fraude de ley. Esta situación se ha venido acentuado en el caso de los matrimonios celebrados entre contrayente europeo y nacional de un tercer país, al objeto de la obtención de la nacionalidad. En este nuevo escenario, los ordenamientos de los distintos Estados se han visto obligados a adoptar medidas legislativas, adaptando sus sistemas jurídicos a la normativa internacional y europea destinada a la erradicación o, cuando menos, al control de estas prácticas, si bien, algunas de las medidas adoptadas suscitan problemas de interpretación relacionados con su ámbito de aplicación y con el alcance de las facultades reconocidas a los poderes públicos para su investigación, aspectos que trata de esclarecer la resolución judicial que analizamos en esta sede.

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Competencia judicial en materia de vulneración de derechos de la personalidad

Pedro Alberto de Miguel Asensio

Catedrático de Derecho internacional privado

Se analiza la contribución de la sentencia Idziski a la aplicación del criterio establecido en la jurisprudencia previa del Tribunal de Justicia en el sentido de que el fuero del centro de intereses de la víctima en el marco del art. 7.2 del Reglamento Bruselas Ibis opera únicamente cuando la infracción de los derechos de la personalidad se ha producido como consecuencia de la difusión de la información lesiva a través de Internet (y no de otros medios, como la televisión). La nueva sentencia aporta elementos que permiten adaptar esa diferencia de trato en función de las circunstancias, en particular en situaciones en las que mediante el empleo de medidas de bloqueo geográfico la difusión de contenidos a través de Internet tiene un alcance geográfico limitado. El Tribunal de Justicia refuerza además la posibilidad de que entidades que representan a grupos concretos de personas puedan beneficiarse del criterio de centro de intereses de la víctima, cuando se trata de un grupo claramente identificado cuyos derechos son supuestamente vulnerados en el contenido en cuestión. Además, la sentencia profundiza en la delimitación entre las medidas frente a contenidos ilícitos que solo puede adoptar un tribunal que tiene competencia con alcance general (sin limitación territorial) y las que, por su limitado alcance, sí puede adoptar cualquier tribunal que tenga competencia en tanto que lugar de manifestación del daño.

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El Tribunal de Justicia confirma la multa de 4.124 millones de euros por abuso de posición dominante en el mercado digital europeo

Alberto J. Tapia Hermida

Catedrático de Derecho Mercantil

Este artículo comenta la Sentencia de 2 de julio de 2026 de la Sala Segunda del TJUE dictada en el el asunto C-738/22 P | Google y Alphabet/Comisión confirmando la multa de 4.124 millones de euros impuesta a Google Android por abuso de posición dominante en el mercado digital europeo. En él se analizan el procedimiento seguido ante el TJUE y los motivos por los que el TJUE confirma los argumentos del TGUE en su Sentencia de 14 de septiembre de 2022.

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Cronología de decisiones

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Protección de los menores y orden público frente a la libre prestación de servicios de la sociedad de la información (STJ GS 16 junio 2026 , ass. acumulados C-188/24: WebGroup Czech Republic y NKL Associates y C-190/24: Coyote System)

De conformidad con el Derecho de la Unión, un Estado miembro no puede imponer con carácter general a prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en otros Estados miembros obligaciones penales destinadas a impedir el acceso de los menores a contenidos pornográficos, aunque puede adoptar, bajo las condiciones previstas por el Derecho de la Unión, medidas específicas de verificación de edad y restricciones justificadas por razones de orden o seguridad públicos; además, el operador que determina mediante algoritmos, en su propio interés o en el de su servicio, las condiciones, modalidades y prioridad con que se difunden los contenidos ejerce un control sobre esa información que puede excluirlo del régimen de exención de responsabilidad previsto para los prestadores que se limitan a su almacenamiento.

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Normas de competencia judicial aplicables en caso de lesión de los derechos de la personalidad causada por la difusión de una serie de televisión en varios Estados miembros y en Internet (STJ 2ª18 de junio de 2026, asunto C-232/25: Idziski)

El Tribunal de Justicia declara que los tribunales del Estado miembro donde una persona tiene su centro de intereses no pueden conocer de una acción por la totalidad del daño derivado de la difusión transfronteriza de contenidos audiovisuales cuando la persona afectada no resulta identificable, ni siquiera indirectamente. Precisa, sin embargo, que una persona jurídica creada para defender los intereses de un grupo claramente identificado sí puede reclamar ante los tribunales de su centro de intereses la reparación íntegra del perjuicio sufrido. Asimismo, confirma que los tribunales del Estado donde se haya producido parte del daño pueden acordar medidas de cesación y reparación limitadas a ese territorio, pero carecen de competencia para ordenar la rectificación de contenidos publicados en línea.

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Venta de alimentos: la normativa húngara que impuso promociones obligatorias a los grandes distribuidores es contraria al Derecho de la Unión (STJ 3ª 18 junio 2026, as. C-658/24: Penny Market)

De conformidad con el Derecho de la Unión, un Estado miembro no puede imponer, ni siquiera ante una situación de emergencia, a determinados comerciantes minoristas de alimentos, bajo pena de multa, la obligación de aplicar durante un período concreto descuentos mínimos del 15 % respecto del precio más bajo practicado en los treinta días anteriores y de mantener cantidades mínimas de determinados productos, cuando tales medidas resulten contrarias tanto a la organización común de mercados de los productos agrarios como a las normas de la Unión relativas a los servicios en el mercado interior.

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La obligación de vacunación contra el virus SARS-CoV-2 circunscrita al personal militar no tiene carácter discriminatorio a la luz del Derecho de la Unión (STJ 5ª 18 junio 2026, as. C-522/24: Ministero della Difesa (Obligación de vacunación de los militares)

De conformidad con el Derecho de la Unión, la vacunación obligatoria del personal militar como requisito para el ejercicio de su actividad profesional no constituye una discriminación directa por el hecho de que el personal civil que trabaja en el mismo entorno y en un contexto sanitario análogo no esté sujeto a esa obligación, ni una discriminación indirecta por razón de convicciones cuando la oposición del militar a la vacunación responde a opiniones en materia de salud pública que no están comprendidas en el concepto de «convicciones» protegido por la Directiva 2000/78.

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Tribunal General anula la exclusión de la fabricación de aeronaves destinadas a la aviación de negocios privada o comercial de las actividades consideradas «de transición» (STG 1ª 24 junio 2026, as. T-77/24: Dassault Aviation/Comisión)

El tribunal General anula la disposición del Reglamento Delegado (UE) 2023/2485 que incorporó a la taxonomía europea la actividad de «fabricación de aeronaves» y estableció los criterios técnicos para determinar su contribución sustancial a la mitigación del cambio climático, correspondiendo a la Comisión Europea cargar con sus propias costas y con las soportadas por Dassault Aviation, la European Business Aviation Association (EBAA) y Compagnie Daher.

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El Derecho de la Unión no se opone a la transmisión del crédito indemnizatorio que se ostenta frente a una entidad aseguradora (STJ 9º 25 junio 2026, as.C-277/25: Helpfind Funding y otros)

El Derecho de la Unión no se opone a una normativa nacional que permita a la víctima de un accidente de tráfico, cuando considere insuficiente la indemnización abonada por la entidad aseguradora, ceder a un tercero, a cambio de una retribución, el crédito correspondiente a la parte de los daños materiales que permanece sin indemnizar, para que dicho tercero pueda reclamar judicialmente, en su propio nombre y por su cuenta, el pago de esa cantidad a la aseguradora.

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La prohibición de difundir los contenidos del canal Russia Today se aplica también a un sitio de Internet de acceso gratuito para el público (STJ 4ª 2 de julio de 2026, as. C-67/25: Traugott Ickeroth)

El Derecho de la Unión considera «operador» a quien gestiona un sitio de Internet que difunde contenidos sujetos a las medidas restrictivas contra Rusia, aunque su actividad se financie únicamente mediante donaciones.

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Suscripciones de streaming: el derecho de desistimiento no puede excluirse si la oferta se adapta al comportamiento del usuario (STJ 1ª 9 julio 2026, as. C-234/25: Sky Österreich Fernsehen)

El Derecho de la Unión considera que un servicio de streaming que permite al consumidor acceder a contenidos digitales para verlos en directo, a la carta o fuera de línea tras su descarga constituye un «servicio digital», y no un suministro de «contenido digital», cuando la oferta del comerciante presenta un carácter dinámico que va más allá de la provisión estable y, en su caso, continuada de contenidos específicos.

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Justicia deportiva: las sanciones disciplinarias deben poder ser objeto de un control jurisdiccional conforme al Derecho de la Unión (STJ 5ª16 julio 2026, ass. C-424/24 y C-425/24: FIGC y CONI)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que el Derecho de la Unión no se opone a que las asociaciones deportivas impongan sanciones disciplinarias a sus directivos por infracciones de los deberes de lealtad, probidad y correcta gestión, siempre que tales medidas persigan un objetivo legítimo de interés general, respeten el principio de proporcionalidad y estén sometidas a un control jurisdiccional efectivo. Asimismo, considera compatible con el Derecho de la Unión un sistema de justicia deportiva que limite el control de los tribunales estatales, siempre que el órgano jurisdiccional deportivo de última instancia reúna las garantías de independencia, imparcialidad y tutela judicial efectiva exigidas por el Derecho de la Unión.

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Actualidad Unión Europea

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La Comisión considera resueltas sus objeciones sobre la reserva hereditaria francesa y el Reglamento europeo de sucesiones (4 junio 2026)

La Comisión Europea ha anunciado su intención de cerrar el expediente CPLT(2022)03325, abierto a raíz de numerosas reclamaciones sobre la compatibilidad del art. 913, párrafo tercero, del Código Civil francés con el Reglamento (UE) n.o 650/2012. Las explicaciones ofrecidas por las autoridades francesas delimitan el derecho de compensación reconocido a los hijos a los supuestos en que la ley extranjera aplicable carezca de mecanismos destinados a su protección y admiten expresamente que las family provisions del Derecho anglosajón pueden desempeñar una función equivalente a la reserva hereditaria.

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El Consejo de la Unión Europea da su aprobación definitiva al Acuerdo Provisional sobre Comercio (APC) entre la Unión Europea y México modernizado (14 julio 2026)

El Consejo adoptó 2l 14 de julio de 2026 la decisión de concluir formalmente el Acuerdo Provisional sobre Comercio (APC) entre la Unión Europea y México, tras la firma del acuerdo el 22 de mayo de 2026 durante la cumbre UE-México y el consentimiento otorgado por el Parlamento Europeo durante su sesión plenaria del 8 de julio de 2026.

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La Oficina de Derechos Fundamentales de Frontex publica su Informe Anual 2025 (15 julio 2026)

La Oficina de Derechos Fundamentales (ODF) de Frontex ha publicado su Informe Anual 2025, que ofrece una visión general exhaustiva de su labor el año pasado. El informe presenta los resultados del trabajo de seguimiento independiente de la ODF de la agencia, tanto sobre el terreno como en la sede, las investigaciones de incidentes y denuncias, la formación y el fortalecimiento de capacidades, la colaboración con los socios internacionales de la agencia, así como su labor general de asesoramiento.

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Los países de la Unión Europea acuerdan prorrogar la protección temporal para quienes huyen de Ucrania hasta marzo de 2028 (15 julio 2026)

Los países de la Unión Europea acordaron 3l 15 de julio de 2026 extender el estatus de protección temporal otorgado a quienes huyen de Ucrania hasta el 4 de marzo de 2028, cumpliendo así el compromiso de la Unión Europea de apoyar a Ucrania y a su pueblo durante el tiempo que sea necesario. La extensión de la protección por un año más brindará claridad y previsibilidad a todos aquellos que huyen de la guerra.

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Frontex y Europol refuerzan su cooperación para combatir la delincuencia transfronteriza (16 julio 2026)

Frontex y Europol firmaron el 16 de julio de 2026un nuevo acuerdo de colaboración para intensificar la lucha contra el tráfico ilícito de migrantes, la trata de personas, el terrorismo y otros delitos transfronterizos. El acuerdo establece cómo ambas agencias de la Unión Europea comparten información, colaboran en operaciones y apoyan a las autoridades nacionales en las fronteras exteriores de la Unión Europea y en toda Europa, con sólidas garantías para los derechos fundamentales y la protección de datos personales.

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La Unión Europea establece un nuevo marco jurídico para los vegetales obtenidos mediante nuevas técnicas genómicas (Reglamento (UE) 2026/1388, de 17 de junio de 2026)

El Reglamento (UE) 2026/1388 introduce un régimen específico para determinados vegetales obtenidos mediante nuevas técnicas genómicas y sus productos, entre ellas técnicas de edición genética como CRISPR-Cas9, y modifica sustancialmente el tratamiento jurídico que hasta ahora recibían bajo la normativa europea sobre organismos modificados genéticamente. La nueva regulación distingue dos categorías de vegetales en función de la naturaleza y complejidad de sus modificaciones, flexibiliza de manera significativa las exigencias aplicables a aquellos que pueden equipararse a los obtenidos mediante mejora convencional y mantiene controles reforzados para los restantes. Protección de la salud y del medio ambiente, innovación, sostenibilidad, transparencia, patentes y competitividad agroalimentaria quedan integradas en un régimen cuya aplicación general comenzará el 17 de julio de 2028.

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La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) intensifica la supervisión de la gestión de riesgos y prepara nuevas reformas de la infraestructura de los mercados financieros de la Unión Europea (20 julio 2026)

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha puesto en marcha una nueva Acción de Supervisión Común sobre la función de gestión de riesgos de las sociedades gestoras de OICVM y de los gestores de fondos de inversión alternativos, que se desarrollará durante 2026 y 2027 en colaboración con las autoridades nacionales competentes. La iniciativa se integra en una actividad supervisora más amplia que durante los últimos meses ha alcanzado también al requisito de cuenta activa introducido por EMIR 3, a la simplificación de las obligaciones de información sobre operaciones financieras y a la preparación de los mercados de la Unión para la transición al ciclo de liquidación T+1.

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La Comisión multa a Google con 890 millones de euros por infracciones de la Ley de Mercados Digitales (23 julio 2026)

La Comisión Europea ha adoptado dos decisiones en las que constata el incumplimiento por parte de Google de la Ley de Mercados Digitales (DMA) por autopreferenciarse de sus propios servicios en la Búsqueda de Google y por imponer restricciones a las empresas para dirigir a los consumidores a canales de compra alternativos, a menudo más baratos, en Google Play (dirección). A este respecto, la Comisión impuso a Google una multa de 460 millones de euros y una multa de 430 millones de euros, respectivamente.

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El Banco Europeo de Inversiones (BEI) presenta un informe técnico sobre "Retos y soluciones para la exploración minera en Europa" (23 de julio de 2026)

La competitividad, la autonomía estratégica y las ambiciones climáticas de Europa dependen del suministro seguro de materias primas críticas. Este informe sostiene que para alcanzar los objetivos de la Ley de Materias Primas Críticas de la Unión Europea se requerirá multiplicar por diez la inversión en exploración minera, hasta alcanzar aproximadamente 2.000 millones de euros anuales durante los próximos cinco años.

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Nuevas normas energéticas de la UE: energía más limpia y segura y mayor protección al consumidor (24 julio 2026)

Las nuevas normas para el mercado de la electricidad y el gas están entrando en vigor en toda la Unión Europea. Su objetivo es lograr un sistema energético europeo más limpio, seguro y resiliente. Protegen a los ciudadanos de las fluctuaciones en los precios de la energía y les otorgan mayores derechos y control sobre sus decisiones energéticas.

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La Unión Europea refuerza la economía circular del automóvil con nuevas obligaciones para fabricantes y productores (24 julio 2026)

El 24 de julio de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (véase DO Unión Europea L 2026/1738) el Reglamento (UE) 2026/1738 relativo a los requisitos de circularidad en el diseño de vehículos y a la gestión de vehículos al final de su vida útil.

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La Comisión Europea investiga si el laudo que condena a España a pagar 23,5 millones de euros a la japonesa JGC constituye una ayuda de Estado incompatible con el Derecho de la Unión (4 agosto 2026)

La Comisión Europea ha abierto una investigación en profundidad para evaluar si un laudo arbitral por el que se ordena a España que pague una compensación a JGC Holdings Corporation («JGC») por cambios en una medida de apoyo a la electricidad renovable está en consonancia con las normas de la Unión Europea sobre ayudas estatales (4 agosto 2026).

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España se suma a los Estados europeos que reintroducen controles temporales en las fronteras interiores del espacio Schengen (9 agosto 2026)

Diversos Estados europeos mantienen durante el verano de 2026 controles temporales en determinadas fronteras interiores del espacio Schengen, invocando amenazas relacionadas con la migración irregular, el tráfico ilícito de migrantes, el terrorismo, el crimen organizado, eventuales actos de sabotaje, la guerra de Ucrania y la inestabilidad existente en Oriente Medio. A estas medidas, algunas de ellas vigentes desde meses anteriores, se han añadido recientemente las adoptadas de manera recíproca por España e Italia, que afectan durante agosto y comienzos de septiembre a sus conexiones aéreas y marítimas.

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La Comisión Europea mantiene su apoyo a España ante la crisis de Ceuta y desplaza su prioridad hacia los retornos y la prevención (18 de agosto de 2026)

La posición de la Comisión Europea ante los acontecimientos migratorios registrados en Ceuta ha experimentado una significativa evolución durante las dos primeras semanas de agosto. Si en la reunión informal de ministros del Interior celebrada el 4 de agosto de 2026 el mensaje europeo estuvo presidido por la solidaridad con España, la constatación de que la situación había quedado bajo control y la preservación de la integridad del espacio Schengen, las declaraciones realizadas el 18 de agosto sitúan en primer plano una nueva prioridad: completar con rapidez el retorno de quienes permanecen irregularmente en Ceuta y reforzar las medidas preventivas destinadas a impedir la repetición de una crisis semejante.

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La Comisión Europea concede a España 114,7 millones de euros para afrontar la situación migratoria en Ceuta (9 septiembre 2026)

La Comisión Europea ha aprobado 114,7 millones de euros de ayuda de emergencia a España para hacer frente a las consecuencias de los cruces fronterizos irregulares registrados en Ceuta los días 30 y 31 de julio de 2026. La asistencia financiera se acompaña de un refuerzo operativo de Frontex, Europol y la Agencia de Asilo de la Unión Europea y de la creación de un grupo de trabajo conjunto para coordinar las actuaciones sobre el terreno.

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