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Aranzadi LA LEY

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30 de junio de 2026

Diario La Ley

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Noticias Aranzadi LA LEY te ofrece sus podcast, actualizados a diario, para que puedas estar puntualmente informado de la actualidad jurídica

Todos los días podrás escuchar los contenidos que hemos preparado con las noticias más destacadas.

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Nota de la Redacción

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Hoy en nuestra portada LA LEY Unión Europea nº 148, junio 2026

Concluye junio, y como es habitual, el Diario LA LEY cede su espacio en exclusiva al Especial de la Unión Europea en este último día del mes. Les ofrecemos una selección de lo más importante publicado en la revista mensual. Esperamos que sus contenidos les resulten de utilidad.

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Regulación

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Reseña sobre el contenido del reglamento de emergencia y resiliencia del mercado interior

Vicente Álvarez García

Catedrático de Derecho Administrativo

El estudio examina el Reglamento (UE) 2024/2747, adoptado para reforzar la capacidad de la Unión Europea para anticipar, prevenir y gestionar las crisis que puedan afectar al funcionamiento del mercado interior. Tras situar la norma en el contexto de las recientes perturbaciones derivadas de la pandemia, la guerra de Ucrania y las crisis de suministro, se analizan los principales instrumentos creados por el legislador europeo. Particular atención se presta al Consejo de Emergencia y Resiliencia del Mercado Interior, a los mecanismos de planificación de contingencia y a los modos de vigilancia y de emergencia. Asimismo, se estudian las facultades atribuidas a la Comisión Europea, las obligaciones de los Estados miembros y las medidas destinadas a garantizar la libre circulación de mercancías, servicios y personas durante las crisis. El trabajo concluye con una exposición de las especialidades introducidas en materia de contratación pública para asegurar el abastecimiento de bienes y servicios esenciales.

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La reforma de la Directiva sobre viajes combinados: una operación entre lo estético y lo quirúrgico

Diego Cruz Rivero

Catedrático de Derecho Mercantil

El 8 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva 2026/1024, que modifica la Directiva 2015/2023, sobre viajes combinados. Según reza su título, la nueva Directiva trata de hacer más eficaz la protección de los viajeros y simplificar y aclarar determinados aspectos de la Directiva de 2015. Aunque en algunos casos se trata de meros ajustes en el tenor literal de la norma, en otros se acometen reformas de mayor calado. En particular, se amplía ligeramente el concepto de viaje combinado y se elimina el de servicios de viaje vinculado, se revisa la información precontractual exigida y se reforma el régimen jurídico de la terminación anticipada del contrato y de la garantía que han de prestar los organizadores para prever la no prestación de los servicios por su insolvencia, entre otras. Con ello se actualiza la normativa europea de los viajes combinados, tomando en consideración las situaciones vividas en los últimos años, especialmente la quiebra de Thomas Cook y la pandemia del COVID-19, así como la jurisprudencia fruto de la aplicación de la Directiva.

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La transformación de la Unión Europea en inversor geopolítico: análisis de la reforma de la Garantía de Acción Exterior (Reglamento (UE) 2026/995)

Eduardo García Cancela

Miembro del Grupo de Investigación EURINT en la Universidad Complutense de Madrid y Profesor Colaborador Asociado Doctor en la Universidad Pontificia Comillas, Universidad Nebrija y CEDEU

El presente análisis estudia las recientes modificaciones introducidas por el Reglamento (UE) 2026/995 en el Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional (NDICI-Europa Global). En un contexto de creciente complejidad internacional y en consonancia con el Informe Draghi (2024), la reforma persigue mejorar la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior y del Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible Plus. De este modo, se busca impulsar la implementación de la agenda Global Gateway y movilizar inversiones geopolíticas mediante la flexibilización de las garantías y la simplificación de procedimientos burocráticos, sin necesidad de nuevas aportaciones presupuestarias. Además, estas modificaciones incentivan la atracción de capital privado y dotan de mayor agilidad, coherencia y visibilidad a la acción exterior europea. Así, la Unión Europea avanza en su transformación hacia un inversor geopolítico, superando progresivamente el modelo clásico de ayuda oficial al desarrollo.

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AIFMD II: cuestiones clave de la reforma de la Directiva de Gestores de Fondos de Inversión Alternativos

Isabel Aguilar Alonso

Uría & Menéndez

Patricia González Quintanal

Uría & Menéndez

La revisión de la Directiva de Gestores de Fondos de Inversión Alternativos, conocida como la AIFMD II, constituye la primera revisión en profundidad del marco armonizado para los gestores de fondos de inversión alternativos desde su entrada en vigor en 2011. Tras quince años de rodaje, el legislador europeo ha identificado ciertas áreas en las que la armonización resulta insuficiente. Con la reforma, se persigue el doble objetivo de reforzar la protección del inversor y mejorar la competitividad del mercado europeo de gestión de activos alternativos.

Las modificaciones más sustantivas que trae la AIFMD II giran en torno a tres ejes principales: el establecimiento de un régimen armonizado para los FIA que conceden préstamos —el denominado direct lending—, la introducción de un catálogo cerrado de instrumentos de gestión de la liquidez de obligatoria adopción para los FIA de tipo abiertos y el refuerzo de las obligaciones de transparencia e información periódica en determinadas materias tales como la delegación de funciones de los GFIA. El presente artículo analiza las novedades más reseñables de la AIFMD II así como su potencial impacto en el sector.

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El anteproyecto e-evidence: primeras impresiones(*)

Juan A. Muriel Diéguez

Abogado e Investigador Predoctoral de la JCyL** (Área de derecho procesal)

En este trabajo vamos a realizar un primer y sucinto análisis del Anteproyecto de Ley por la que se incorpora al ordenamiento interno la normativa europea sobre las órdenes europeas de producción y de conservación dirigidas a los establecimientos designados y a los representantes legales a efectos de prueba electrónica en procesos penales y de ejecución de penas privativas de libertad a raíz de procesos penales, con el que el Gobierno de España integra el «paquete E-evidence» en el ordenamiento nacional.

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Jurisprudencia - Ensayos

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Autonomía procesal de los Estados de la Unión y tutela judicial efectiva del recurrente

Enrique de Miguel Canuto

Catedrático de Derecho financiero y tributario

¿Puede la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente reconocido por la Carta de la Unión transformar el alcance y efectos del principio de la autonomía procesal de los Estados de la Unión?

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Jurisprudencia - Sentencias seleccionadas

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El Tribunal de Justicia completa el reparto de implicados en accidentes de automóvil. Conductor v. ocupantes

Alberto J. Tapia Hermida

Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad Complutense de Madrid

Este comentario analiza la Sentencia de la Sala Cuarta del Tribunal de Justicia de la Unión de 12 de febrero de 2026 (asunto C-490/24, Stichting Koskea), que, ante un litigio subyacente que versa sobre un accidente de un minibús del todo pintoresco, ratifica la exclusión del conductor del vehículo de la cobertura de los daños corporales.

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El acceso de los extracomunitarios a las prestaciones asistenciales: el Tribunal de Justicia avala la «prioridad» de los residentes permanentes, pero garantiza la igualdad plena para los beneficiarios de protección internacional (con estatuto de refugiados o protección subsidiaria)

José Luis Monereo Pérez

Catedrático de Universidad y Director del Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Seminario José Vida Soria

Alejandro Muros Polo

Profesor Ayudante Doctor en el Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Seminario José Vida Soria

El acceso a las prestaciones asistenciales por parte de los ciudadanos extracomunitarios se ha convertido en una cuestión polémica, incluso desde el plano judicial. Si bien el Tribunal de Justicia ya determinó en 2024 que exigir más de cinco años de residencia previa para ser beneficiario de subsidios era una medida indirectamente discriminatoria por razón de nacionalidad, el Tribunal de Luxemburgo en la sentencia Luevi ha interpretado que la regla de igualdad de trato de la Directiva 2011/98 de permiso único no se aplica a las prestaciones no contributivas, ya que no entran dentro del ámbito de aplicación de la remisión al Reglamento 883/2004. Por ello, se refuerza el margen estatal para exigir la autorización de residencia de larga duración en cuanto al acceso a los subsidios y ayudas de asistencia social. No obstante, la reciente sentencia de la Gran Sala del TJUE de 7 de mayo de 2026, KH v. INPS, cambia las reglas para los beneficiarios de protección internacional, ya que a estos no se les puede requerir residencia previa para acceder a prestaciones asistenciales, pues ello sería discriminatorio e iría en contra de los objetivos de la Directiva 2011/95. En definitiva, para la UE el acceso a las prestaciones no contributivas depende del estatuto jurídico protector que se le haya concedido al nacional extracomunitario, con independencia de la necesidad real o la dificultad económica por la que se esté atravesando.

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A vueltas con la tarifa cero en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas

José Ignacio Cubero Marcos

Profesor Titular de Derecho Administrativo

Las sentencias del TJUE en torno a los contratos de tarifa cero motivaron la imposición, por parte de la autoridad interna húngara, de modificaciones en los contratos de servicios de comunicaciones electrónicas. El cambio de las cláusulas de los contratos conlleva el derecho de los usuarios finales a rescindir el contrato con la operadora sin coste adicional alguno, salvo que la modificación proceda de la aplicación directa del Derecho de la UE o de la legislación interna. El Tribunal Supremo de Hungría elevó la cuestión prejudicial correspondiente al TJUE, preguntándole si las sentencias del TJUE y las recomendaciones del Grupo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas (ORECE) pueden considerarse, a estos efectos, normas de Derecho de la UE ni legislación interna. La Corte europea rechazó que aquellas decisiones o recomendaciones fueran normas de Derecho europeo o interno, por lo que los usuarios pueden solicitar la rescisión de sus contratos con aquellas sin coste adicional alguno.

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Abandono de la confesión religiosa y discriminación del trabajador en empresas de tendencia

Santiago Cañamares Arribas

Catedrático de la Universidad Complutense

Con ocasión de una reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, este trabajo analiza en qué medida la Directiva 2000/78 admite que la pertenencia de un trabajador a una confesión religiosa pueda ser considerada por una organización de tendencia como un requisito profesional esencial, legítimo y justificado o como una obligación de lealtad del trabajador hacia el ideario de dicha entidad mientras dure la relación laboral.

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Unidad sucesoria y calificación funcional en el Derecho internacional privado europeo: la sentencia Isergartler

Albert Font i Segura

Profesor titular de Derecho internacional privado

La sentencia Isergartler (STJ 26 de marzo de 2026, C-618/24) aborda la delimitación del ámbito material del Reglamento (UE) 650/2012 en relación con una institución híbrida del Derecho austríaco: el legado legal por cuidados prestados al causante. El Tribunal de Justicia concluye que dicha institución debe quedar comprendida en el concepto de «sucesión», atendiendo a su eficacia mortis causa, su satisfacción con cargo a la herencia y su conexión funcional con la organización de la sucesión. El comentario analiza críticamente el razonamiento del Tribunal y pone de relieve que el principal interés de la sentencia no reside tanto en la solución alcanzada como en el método utilizado para construir la calificación autónoma de la institución controvertida. A partir de la jurisprudencia previa del Tribunal de Justicia y de la doctrina especializada, se subrayan las dificultades inherentes a la construcción de nociones autónomas en ausencia de un Derecho privado europeo uniforme, el recurso a criterios funcionales de calificación y el papel expansivo del principio de unidad de la sucesión. Asimismo, se cuestiona la insuficiente articulación sistemática del razonamiento del Tribunal con otros instrumentos del sistema europeo de Derecho internacional privado, destacando los riesgos derivados de una delimitación material construida exclusivamente desde la lógica interna de cada Reglamento.

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Protección de las publicaciones de prensa frente a los usos en línea: contenido de los derechos y normas de aplicación

Pedro Alberto de Miguel Asensio

Catedrático de Derecho internacional privado

En el contexto de la evolución del marco normativo español como consecuencia del art. 15 de la Directiva 2019/790, se analiza la primera sentencia en la que el TJUE interpreta los derechos atribuidos por ese art. a las editoriales de publicaciones de prensa, la pronunciada por la Gran Sala en el asunto Meta Platforms Ireland (Compensation équitable). Partiendo del contenido de las normas de armonización y de su transposición en España, se expone la aportación de la nueva sentencia en lo relativo a la precisión del contenido material de los derechos reconocidos en esa disposición, así como en lo que respecta al margen de apreciación del que disponen los Estados miembros para adoptar medidas relativas a su aplicación. Por último, se incluye una reflexión sobre la nueva sentencia en el contexto del debate acerca del régimen de responsabilidad de las redes sociales por contenidos compartidos por sus usuarios y de los proveedores de ciertos sistemas de IA por los contenidos utilizados en la generación de sus resultados.

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Jurisprudencia - Cronología de decisiones

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Obligación de cobertura por un seguro de responsabilidad civil de los daños corporales de todos los ocupantes, con excepción del conductor, derivados de la circulación de un vehículo (STJ 4.ª 12 febrero 2026, as. C-490/24: Stichting Koskea)

El art. 12, ap. 1, de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, debe interpretarse en el sentido de que los daños sufridos por el conductor del único vehículo implicado en un accidente de tráfico no deben estar cubiertos por el seguro obligatorio de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles previsto en esa Directiva, ni siquiera cuando un ocupante haya intervenido en la conducción del vehículo y se haya producido el accidente como consecuencia de esa intervención.

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Exclusión de nacionales de terceros Estados sin permiso de residencia de larga duración del subsidio social para personas mayores en situación de indigencia (STJ 1.ª 5 marzo 2026, as. C-151/24: Luevi)

El Tribunal de Justicia declara que la Directiva 2011/98/UE relativa al permiso único de residencia y trabajo no se aplica a las prestaciones especiales en metálico no contributivas comprendidas en el art. 70 del Reglamento n.o 883/2004 y, por consiguiente, no se opone a una normativa nacional que supedita la concesión de un subsidio social destinado a personas mayores en situación económica precaria a la posesión de un permiso de residencia de larga duración de la Unión Europea.

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Derecho de los usuarios finales a resolver sin coste los contratos de comunicaciones electrónicas ante modificaciones unilaterales derivadas de la interpretación del Derecho de la Unión (STJ 2.ª 12 marzo 2026, asunto C-514/24: Magyar Telekom)

El Tribunal de Justicia declara que el Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que un usuario final de servicios de comunicaciones electrónicas tiene derecho a resolver sin costes adicionales el contrato celebrado con su proveedor cuando este pretenda modificar sus condiciones para adaptarlas a la interpretación del Derecho de la Unión efectuada por el propio Tribunal de Justicia, a las Directrices elaboradas por el Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas o a una resolución adoptada por una autoridad nacional de reglamentación sobre la base de dicha jurisprudencia y de tales Directrices.

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Despido de una trabajadora por abandonar la Iglesia católica y límites a las exigencias de lealtad religiosa en organizaciones confesionales (STS GS 17 marzo 2026, as. C-258/24, Katholische Schwangerschaftsberatung)

El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que permita a una organización privada cuya ética se basa en una religión exigir a un trabajador que mantenga su pertenencia a una determinada iglesia durante la relación laboral, bajo amenaza de despido o de obligación de reincorporación, cuando tal requisito no resulte esencial, legítimo y justificado en atención a la naturaleza de las funciones desempeñadas o al contexto en el que estas se desarrollan. El Tribunal de Justicia considera especialmente relevante que la organización emplee a otras personas para realizar las mismas funciones sin exigirles pertenecer a esa confesión religiosa y que el trabajador no haya desarrollado actividades públicamente hostiles contra dicha iglesia, reforzando así la protección frente a discriminaciones por motivos religiosos en el ámbito laboral.

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El legado legal reconocido al cuidador por la asistencia prestada al causante forma parte de la «sucesión» a efectos del Reglamento n.o 650/2012 sobre sucesiones mortis causa (STJ 4.ª 26 de marzo de 2026, asunto C-618/24: Isergartler)

El Tribunal de Justicia declara que el concepto de «sucesión» contemplado en el Reglamento n.o 650/2012 comprende también un legado legal reconocido, con independencia de toda disposición testamentaria, a favor de personas próximas al causante que le hayan prestado asistencia durante un período determinado anterior a su fallecimiento sin haber recibido compensación alguna por ello. El Tribunal considera que tal derecho sucesorio, adeudado además de la legítima y únicamente susceptible de privación en caso de desheredación, forma parte de la transmisión mortis causa y queda comprendido dentro del ámbito de aplicación material del Reglamento europeo en materia sucesoria.

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Un requisito de residencia de diez años para el acceso a las prestaciones sociales y al empleo constituye una discriminación indirecta contra los beneficiarios de protección internacional (STJ GS 7 mayo 2026, asunto C-747/22: INPS)

El Tribunal de Justicia declara que la concesión de la «renta garantizada de ciudadanía» está comprendida en el ámbito del principio de igualdad entre los beneficiarios de la protección internacional y los nacionales del propio Estado, tanto en materia de acceso al empleo como del derecho a unos ingresos mínimos. Aunque este requisito se aplica por igual a todas las personas, afecta principalmente a los no nacionales. Esta diferencia de trato no está justificada por el hecho de que, según el Gobierno italiano, la concesión de la «renta garantizada de ciudadanía» suponga una carga administrativa y económica considerable. Por lo tanto, constituye una discriminación indirecta prohibida por el Derecho de la Unión.

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Los Estados miembros pueden establecer el derecho de las editoriales de prensa a una remuneración equitativa cuando estas autoricen a los prestadores de servicios en línea a utilizar sus publicaciones (STJ GS 12 mayo 2026, asunto C-797/23: Meta Platforms Ireland)

El Tribunal de Justicia declara que el Derecho de la Unión no se opone a una normativa nacional que reconozca a las editoriales de prensa un derecho a una remuneración equitativa por la utilización en línea de sus publicaciones, siempre que dicha remuneración constituya la contrapartida económica de la autorización para utilizar esos contenidos y que las editoriales puedan denegar tal autorización o concederla gratuitamente. El Tribunal considera asimismo que las obligaciones impuestas a las plataformas digitales de negociar con las editoriales, sin limitar mientras tanto la visibilidad de los contenidos, y de facilitar la información necesaria para calcular la remuneración, aunque restrinjan la libertad de empresa, resultan compatibles con el Derecho de la Unión en la medida en que contribuyen a garantizar un funcionamiento justo y equilibrado del mercado de derechos de autor, permitiendo a las editoriales recuperar sus inversiones y preservando un equilibrio adecuado entre libertad de empresa, propiedad intelectual y pluralismo de los medios de comunicación.

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Normativa nacional que establece una compensación económica calculada únicamente sobre la base del valor de mercado de esos bienes en el momento de la cancelación registral de los derechos de usufructo (STJ 3.ª 13 mayo 2026, as. C-286/25: BRANDL)

El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que establece que la reparación del perjuicio sufrido por el titular de derechos de usufructo sobre bienes inmuebles, a raíz de una supresión ex lege de estos derechos incompatible con el art. 63 TFUE y el art. 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, se lleve a cabo mediante una compensación económica calculada exclusivamente en función del valor de mercado que tenían estos bienes en el momento en que tales derechos se cancelaron en el Registro de la Propiedad.

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El sistema italiano de contratación del personal administrativo y de servicios de los centros de enseñanza pública incumple el Derecho de la Unión (STJ 10.ª 13 mayo 2026, as. C-155/25: Comisión / Italia)

La República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada, al no haber adoptado medidas para evitar la utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada en relación con el personal administrativo y de servicios sustituto que presta servicio en los centros de enseñanza pública.

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El Tribunal General invalida la negativa de la EUIPO a anular la marca denominativa Obelix para armas, municiones y explosivos (STG 8.ª 13 mayo 2026, asunto T-24/25: Les Éditions Albert René/EUIPO – Works 11 Michal Lubinski (Obelix)

El Tribunal General declara que, habida cuenta de la ilegalidad que afecta a los dos motivos en los que se fundamentaba la decisión de la segunda sala de recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 11 de noviembre de 2024 (asunto R 875/2024-2), procede anularla íntegramente, sin que resulte necesario pronunciarse sobre los restantes motivos y alegaciones formulados por la demandante ni sobre las excepciones de inadmisibilidad opuestas por la EUIPO respecto de algunas de ellas.

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Medidas restrictivas: la inmovilización de los bienes de un trust es compatible con el Derecho de la Unión (SSTJ 1.ª 21 mayo 2026, as. C-483/23: T Trust y asuntos acumulados C-428/24: FZ AR y C-476/24: SX)

El Tribunal de Justicia declara que los fondos y recursos económicos aportados a un trust por una persona incluida en la lista de medidas restrictivas establecida por el Reglamento n.o 269/2014 deben considerarse propiedad de dicha persona o controlados por ella cuando el constituyente conserve facultades que le permitan utilizar esos activos, beneficiarse de ellos, disponer de los mismos o ejercer influencia sobre su gestión y sobre las decisiones adoptadas por el trustee. De este modo, el Tribunal confirma una interpretación amplia del concepto de control en el ámbito de las sanciones económicas adoptadas por la Unión Europea frente a acciones que menoscaban la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania, reforzando la eficacia de los mecanismos destinados a impedir la elusión de las medidas restrictivas mediante estructuras fiduciarias.

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Acceso público a la información sobre la titularidad real de los mandatos fiduciarios en el Derecho italiano en la lucha contra el blanqueo de capitales (STJ 1.ª 21 mayo 2026, asuntos acumulados C-684/24: Across Fiduciaria y otros y C-685/24: Unione Fiduciaria y otros)

El Tribunal de Justicia declara que las disposiciones de la Directiva 2015/849 relativas al acceso a la información sobre la titularidad real de fideicomisos y otros instrumentos jurídicos análogos son válidas y no se oponen a una normativa nacional que incluya los mandatos fiduciarios italianos dentro de tales instrumentos. Considera asimismo compatible con el Derecho de la Unión un régimen que permita el acceso a esa información a particulares y entidades que acrediten un interés jurídico legítimo, directo y actual, incluso en defensa de intereses difusos, cuando dicho acceso resulte necesario para proteger situaciones jurídicamente tuteladas. Además, afirma que los Estados miembros pueden atribuir a un órgano administrativo no jurisdiccional la facultad de autorizar excepciones al acceso a esa información, siempre que se garantice al titular real afectado una tutela judicial provisional efectiva conforme al art. 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

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Los Estados miembros deben tener en cuenta, a efectos del cálculo de la pensión, las ventajas específicas vinculadas al ejercicio de determinadas actividades en otros Estados miembros (STJ 1.ª 21 mayo 2026, as. C-717/24: Sociálna poistovna)

El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que el mecanismo específico de totalización de períodos que establece se aplica tanto cuando el Estado miembro competente para la concesión de la prestación de jubilación ha instituido un régimen especial de seguridad social formalmente distinto del régimen general, propio de determinadas ocupaciones o actividades, como cuando dicho Estado miembro, sin haber establecido tal régimen especial, reserva determinadas ventajas en el ámbito de la concesión de tal prestación a una categoría determinada de personas que hayan cumplido períodos de seguro en el ejercicio de una ocupación o de una actividad específica.

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Actualidad Unión Europea

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La Comisión Europea publica una revisión de la simplificación del Reglamento de la UE sobre deforestación (4 mayo 2026)

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La Comisión Europea lanza una ambiciosa estrategia para erradicar la pobreza y reforzar los derechos sociales en la Unión Europea (6 mayo 2026)

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Acuerdo político entre el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea sobre normas más sencillas y favorables a la innovación para la inteligencia artificial (7 mayo 2026)

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El Banco Central Europeo impulsa una reforma histórica para culminar la integración de los mercados de capitales europeos (7 mayo 2026)

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Entra en vigor el Pacto Europeo de Migración y Asilo tras culminar la fase inicial de implantación (8 mayo 2026)

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La Unión Europea acuerda nuevas normas para proteger a los adultos vulnerables en situaciones transfronterizas (27 de mayo de 2026)

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La Unión Europea y México consolidan una nueva alianza estratégica con la firma del Acuerdo Global modernizado (22 mayo 2026)

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La Unión Europea adopta el Reglamento para reforzar el bienestar y la trazabilidad de perros y gatos (22 mayo 2026)

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La Comisión Europea destaca la resiliencia del espacio Schengen y fija nuevas prioridades en seguridad y control migratorio (18 mayo 2026)

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El Parlamento Europeo refuerza el control de las inversiones extranjeras en sectores estratégicos de la Unión (19 mayo 2026)

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La Unión Europea y Estados Unidos avanzan en la aplicación de su nuevo acuerdo comercial transatlántico (20 mayo 2026)

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