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Aranzadi LA LEY

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25 de junio de 2026

Diario La Ley

Podcast

Noticias Aranzadi LA LEY te ofrece sus podcast, actualizados a diario, para que puedas estar puntualmente informado de la actualidad jurídica

Todos los días podrás escuchar los contenidos que hemos preparado con las noticias más destacadas.

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LA LEY Compliance Penal nº 25

Sumario de la revista

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Sumario

El Diario LA LEY les ofrece hoy en su portada la Revista Compliance Penal, dedicada al estudio teórico y práctico del mundo del cumplimiento normativo en su dimensión nacional e internacional. Es un punto de encuentro entre el Derecho y la empresa en materia de cumplimiento normativo y aportará a los profesionales el conocimiento completo de todo lo que acaezca en el mundo del Compliance, tanto en su dimensión interna como internacional.

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Editorial, por Vicente Magro

Tener Compliance es tener «autoprotección», no tenerlo es «desprotección»

Vicente Magro Servet

Magistrado del Tribunal Supremo

Se trata en esta editorial sobre las ventajas que supone que cualquier empresa u organización profesional disponga de un auténtico programa de cumplimiento normativo que le proteja de las actuaciones que lleven a cabo directivos y empleados «ad intra» y desde fuera, o «ad extra», cualquier persona que pueda realizar un delito patrimonial sobre la organización. Ello ha llevado a la doctrina más cualificada y a la jurisprudencia del Tribunal Supremo a puntualizar sobre la necesidad de que las empresas implanten programas de cumplimiento normativo. ¿Qué queremos?: ¿autoprotección o desprotección?

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Estudios

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De la autopoiesis al pragmatismo: el silencioso periplo de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Tribunal Supremo

Dr. Dr. h.c. Íñigo Ortiz de Urbina Gimeno

Profesor titular de Derecho penal, Universidad Complutense de Madrid

El artículo analiza la evolución de la jurisprudencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en materia de responsabilidad penal de las personas jurídicas y muestra su tránsito silencioso desde las grandes proclamas teóricas hacia un pragmatismo orientado a/por el Derecho positivo. En ese recorrido se abordan tres cuestiones principales. Primero, el debate entre los modelos de autorresponsabilidad y heterorresponsabilidad, que, a la vista del Derecho positivo español —que exige un hecho de conexión y prevé una exención por cumplimiento normativo—, aparece como carente de relevancia práctica. Segundo, la noción de «cultura de cumplimiento», cuyo origen se rastrea en las Sentencing Guidelines estadounidenses de 1991; esta fue primero reinterpretada en la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado y luego, transmutada en «cultura de respeto al Derecho», sirvió como base de la STS 154/2016, resultando en este último caso en una construcción dogmáticamente incoherente que vaciaba de contenido la exención expresamente prevista en el art. 31 bis. En tercer lugar, se analiza la sustitución, inmediata, de la noción de «cultura de respeto al Derecho» por la de «delito corporativo», entendido como omisión de medidas de prevención, con la consiguiente rebaja de pretensión teórica y de vaguedad. El trabajo concluye vindicando el voto particular a la STS 154/2016 como el punto de inicio de orientación dogmáticamente adecuada.

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Cumplimiento normativo en sostenibilidad y trabajo decente: de la gestión del riesgo empresarial al mapeo de impactos en la cadena de valor(1)

Luis Miguel Vioque Galiana

Investigador postdoctoral Instituto de Derecho Penal Europeo e Internacional (UCLM)

La diligencia debida en sostenibilidad y trabajo decente representa una evolución del cumplimiento normativo hacia un modelo orientado a la prevención, mitigación y reparación de impactos sobre derechos de terceros en la cadena de valor. Este trabajo examina su proceso de juridificación, desde los enfoques sectoriales basados en productos de riesgo y trazabilidad hasta los modelos estructurales de vigilancia empresarial, con especial atención a la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. A partir de ese marco, se analiza la convergencia entre diligencia debida y compliance, destacando el tránsito desde una gestión defensiva del riesgo empresarial hacia una metodología de identificación relacional del daño. El artículo sostiene que el cumplimiento normativo en sostenibilidad exige integrar el mapeo de impactos, la participación de stakeholders, los mecanismos de queja y la reparación en la gobernanza ordinaria de la empresa.

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Sectores

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Aprobación del Anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública: una reforma estructural con impacto directo en el Compliance público y privado

Anna Nuñez Miró

Abogada Socia Directora del Departamento de Compliance de Molins Defensa Penal

El Anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública introduce una reforma de amplio alcance en el sistema español de prevención y lucha contra la corrupción. La norma se articula en torno a cinco ejes: prevención de riesgos, protección de informantes, investigación y sanción, recuperación de activos y promoción de una cultura de integridad democrática. Entre sus principales novedades destacan la creación de la Agencia Independiente de Integridad Pública, el refuerzo de los mecanismos de transparencia y control en la contratación pública, la ampliación del uso de herramientas tecnológicas para la detección de riesgos y el endurecimiento del régimen sancionador. Asimismo, el texto proyecta un impacto directo sobre el sector público y privado, al reforzar la exigencia de sistemas de integridad y Compliance como instrumentos esenciales de prevención, control y gobernanza ética.

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Public Compliance Officer. Una aportación desde la práctica

Víctor Jiménez Carbayo

Responsable de Ética y Compliance en Grupo TMB

La figura del public compliance officer es sorprendentemente novedosa en nuestro Ordenamiento. No es que no tenga un estatuto orgánico propio, es que ni siquiera cuenta con una mínima mención expresa en la legislación actualmente vigente. No obstante, la tendencia legislativa parece indicar una evolución del cumplimiento normativo en el sector público hacia un modelo más preventivo que pueda suponer una mayor garantía en la lucha contra la corrupción y las irregularidades, lo que, inevitablemente, nos ubica en la necesidad de implementar sistemas de cumplimiento que dependan de una persona responsable. A pesar de esto, existen voces discrepantes no solo sobre la composición y las funciones que dicha figura debería tener, sino sobre la misma necesidad de su existencia, por lo que debe hacerse un análisis de la necesidad y la importancia que debería tener.

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Actualidad Profesional

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El canal externo del Título III en la Ley 2/2023: interpretación material conforme al art. 2 y deslinde con el régimen sancionador del Título IX

Silvia Zamorano Baca

Codirectora del Máster en Sostenibilidad, Buen Gobierno y Compliance y del Máster en Derecho Penal Económico CEU San Pablo

Paloma Caballero Galán

Colaboradora del Máster en Sostenibilidad, Buen Gobierno y Compliance y del Máster en Derecho Penal Económico CEU San Pablo

Este trabajo analiza el alcance del Título III de la Ley 2/2023 —canal externo ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI)— a partir de lo dispuesto en el art. 16.1 («cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ley»). Se sostiene, con fundamento literal, sistemático y teleológico, que tal ámbito remite al art. 2 de la Ley (infracciones del Derecho de la Unión, infracciones penales o administrativas graves o muy graves del ordenamiento español e, incluso, infracciones de derecho laboral en materia de seguridad y salud), y no a los incumplimientos de la propia Ley 2/2023, los cuales deberían reconducirse al régimen sancionador del Título IX con sujeción a la Ley 39/2015 y a los principios de la Ley 40/2015 según el art. 60. Se propone una doble vía de interpretación: (i) información-traslado-protección (arts. 16-24), y (ii) ius puniendi administrativo (Título IX).

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La nueva política de corporate enforcement del DOJ: ¿qué papel deben desempeñar los Sistemas de Compliance?

Núria Torredemé Páez

Abogada del Departamento de Compliance de Molins Defensa Penal

La reciente aprobación de la Corporate Enforcement and Voluntary Self-Disclosure Policy por parte del Department of Justice de los Estados Unidos refuerza la consolidación de modelos de corporate enforcement basados en la autodenuncia, la cooperación con las autoridades y la remediación temprana del incumplimiento. La política sitúa la eficacia real de los Sistemas de Compliance en el centro de la respuesta jurídico-penal frente a la criminalidad corporativa e impulsa mecanismos dirigidos a favorecer la detección interna de ilícitos, las investigaciones corporativas y la colaboración empresarial con las autoridades. Asimismo, la CEP refleja algunas de las principales tendencias actuales del derecho penal corporativo internacional, especialmente en relación con la creciente relevancia de los Sistemas Internos de Información, la efectividad de los Sistemas de Compliance y la progresiva atribución a las organizaciones de funciones cada vez más relevantes en la detección y gestión del riesgo penal. Todo ello plantea importantes puntos de conexión, y también relevantes diferencias, respecto del modelo español de responsabilidad penal de las personas jurídicas y del actual marco regulatorio en materia de cumplimiento normativo.

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La empresa como fuente de prueba autoincriminatoria: una reflexión práctica sobre el nemo tenetur corporativo

Laia Tejada Pinyol

Licenciada en Derecho y Ciencias Políticas y abogada penalista en Molins&Parés Penal-Compliance

La creciente implantación de sistemas de compliance ha convertido a las personas jurídicas en fuentes privilegiadas de información potencialmente autoincriminatoria, intensificando la tensión entre las necesidades de investigación penal y el derecho a no autoincriminarse (nemo tenetur se ipsum accusare). Este trabajo examina el alcance de dicha garantía en la jurisprudencia europea y española, así como en la doctrina especializada, prestando especial atención a las investigaciones internas, los requerimientos documentales y la información generada en el marco de los programas de cumplimiento. Finalmente, se analizan distintas estrategias defensivas dirigidas a preservar la efectividad del nemo tenetur corporativo frente a la obtención coactiva de información autogenerada por la organización.

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Tribunales

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Selección de jurisprudencia relevante del año 2025 en materia de investigaciones internas

Albert Estrada Cuadras

Abogado asociado de Molins Defensa Penal. Director del Departamento de Investigaciones Internas

Rania Zitouni Chahdi

Abogada júnior de Molins Defensa Penal

Cristina Molins Joly

Abogada sénior de Molins Defensa Penal

Clara Tomás Vaqués

Abogada penalista de Molera Advocats

Paula Torres Ruíz

Abogada júnior de Molins Defensa Penal

Laura de Dalmases Herrero

Abogada sénior de Molins Defensa Penal

El texto compila y analiza jurisprudencia relevante de 2025 en materia de investigaciones internas, abordando cuestiones relativas a derechos fundamentales, validez probatoria, secreto profesional, protección de datos y control empresarial, entre otras, tanto en el ámbito internacional, europeo y español, con especial atención a límites, garantías y criterios interpretativos consolidados por los tribunales.

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Doctrina 2025/2026 del Tribunal Supremo afectante a responsabilidad penal de personas jurídicas

Vicente Magro Servet

Magistrado Tribunal Supremo

Se efectúa un desarrollo, a modo de actualización jurisprudencial, de las sentencias más relevantes dictadas por la Sala II del Tribunal Supremo sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, exponiendo los aspectos más llamativos que es preciso tener en cuenta.

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Diario LA LEY, nº 10971, de 25 de junio de 2026

Opinión

Tribuna

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Extensión de la tutela cautelar en el proceso contencioso-administrativo a la luz de la doctrina establecida en SSTS de 18 de marzo y 14 de mayo de 2026(1)

María José Carmona Tripiana

Letrada del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo

El presente artículo examina el nuevo criterio jurisprudencial establecido por el Tribunal Supremo con ocasión de matizar su tradicional jurisprudencia que sostenía la carencia sobrevenida de objeto de los recursos formulados frente a resoluciones recaídas en incidentes cautelares como consecuencia de haberse dictado resolución definitiva en la instancia, al tomar en consideración que la posibilidad de instar una medida cautelar mientras se resuelve un recurso forma parte integrante del derecho a la tutela judicial efectiva. Circunscrita la matización de la doctrina jurisprudencial al ámbito del recurso de apelación contra autos desestimatorios de adopción de medidas cautelares cuando la sentencia recaída en el proceso principal es desestimatoria de la pretensión planteada en aquel, se sostiene, por un lado, la subsistencia de la anterior doctrina jurisprudencial en aquellos supuestos no afectados por la matización, y por otro, una interpretación garantista de la tutela cautelar que permita extender el nuevo criterio jurisprudencial al recurso de casación, cuestión no examinada en las sentencias de la Sala Tercera de 18 de marzo y 14 de mayo de 2026.

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Tribuna

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Los hechos probados de la sentencia que condena al Fiscal General del Estado. Una cuestión de retórica judicial

Rafael Guerra González

Abogado

El texto defiende que la “retórica judicial” (cómo se redactan las sentencias) es esencial y no un mero adorno. A partir del art. 142 LECrim, sostiene que los hechos probados deben ser solo los relevantes, estar claramente descritos y, además, bien estructurados. Critica una sentencia del Tribunal Supremo porque mezcla datos irrelevantes, omite hechos clave, no numera los hechos probados y no concreta quién hizo qué, cómo y cuándo respecto al delito de revelación de secretos. Incluso una IA concluye que, tal como están redactados los hechos probados, no se describe claramente una conducta que incrimine al condenado. El autor concluye que una sentencia mal redactada es una mala sentencia y reclama formación y exigencia en retórica judicial.

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Comentarios de Jurisprudencia

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La regla de exclusión de la prueba ilícita en la STS, Sala Segunda 457/2025

María del Carmen Pozuelo Sánchez

Jueza sustituta adscrita al TSJ C-M

La sentencia que se comenta concluye que la falta de cartel informativo o las dudas sobre el contrato de protección de datos no implican automáticamente la nulidad de las grabaciones si estas se usan con fines de seguridad en zonas comunes. Los eventuales incumplimientos de la normativa de datos deben canalizarse mediante acciones civiles o penales contra el responsable del tratamiento. Además, el derecho a un proceso justo exige aplicar la regla de exclusión de prueba de forma estricta pero razonable, sin expulsar pruebas obtenidas legítimamente. Finalmente, aclara que esta flexibilidad no se extiende a casos de videovigilancia privada que pueda afectar seriamente la vida privada (por ejemplo, en el ámbito laboral), donde rigen condiciones mucho más estrictas.

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La sentencia del día

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Anulada la multa impuesta a vehículo captado por dispositivo “Foto-Línea” de la DGT

La AEA (Automovilistas Europeos Asociados) recurre la infracción en nombre de un asociado y gana porque las fotos no acreditan la infracción denunciada.

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Sentencias y resoluciones

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El heredero debe reintegrar los gastos funerarios a la familiar de la finada que los abonó

Los gastos funerarios forman parte de las cargas hereditarias y deben afrontarse con el caudal de la herencia, de manera que, existiendo heredero, a él le corresponde su pago, y si un tercero los anticipa, procede el reintegro.

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Despido nulo por sustentarse únicamente en una confesión obtenida con vulneración de garantías fundamentales sin prueba del incumplimiento contractual

No se probó válidamente que la trabajadora hubiese prestado servicios bajo los efectos de sustancias estupefacientes.

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La inclusión en la lista de sanciones del Tesoro estadounidense no es suficiente, por sí sola, para denegar la apertura de una cuenta bancaria

Para ello es preciso que la entidad de crédito haya llevado a cabo previamente una evaluación individualizada del riesgo de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo asociado a la relación de negocios.

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Noticias al Día

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Decreto Ley de medidas extraordinarias para la autonomía y atención a la dependencia

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley de medidas extraordinarias para el fortalecimiento y consolidación del sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

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Actualización del Reglamento General de Circulación

El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación cuyo objetivo es mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía, concepto en el que están englobados peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de vehículos de movilidad personal.

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Un magistrado de Murcia pregunta al TJUE si una persona insolvente puede liberarse de parte de su hipoteca sin perder su vivienda habitual

La consulta se centra en los casos en los que la deuda pendiente supera el valor de la vivienda que la garantiza. El procedimiento queda suspendido hasta que el tribunal europeo interprete la normativa comunitaria sobre segunda oportunidad.

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La UE refuerza la protección laboral frente a sustancias cancerígenas

El Parlamento Europeo y el Consejo (gobiernos) han alcanzado este miércoles un acuerdo provisional para reforzar la protección de los trabajadores frente a la exposición a varias sustancias cancerígenas y otros productos químicos peligrosos utilizados en sectores como la fabricación de baterías, la siderurgia, la industria química o el textil.

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Expertos proponen una "IT parcial" para permitir un retorno gradual al empleo tras bajas prolongadas

Plantean además reequilibrar los costes de la baja por enfermedad común, más costosa para la empresa que una baja por accidente laboral.

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El plazo para presentar declaraciones de la Renta a ingresar con domiciliación bancaria termina este jueves

El plazo de presentación de declaraciones finalizará el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien para las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria el límite es este jueves, 25 de junio.

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