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Indefinidos no fijos. ¿Por qué no está preparada España para frenar el abuso laboral de estos trabajadores?

Indefinidos no fijos. ¿Por qué no está preparada España para frenar el abuso laboral de estos trabajadores?

Una sentencia del TJUE insta a España a realizar reformas legislativas que cumplan con los estándares europeos

Yasmine Vakili

Colaboradora de Fourlaw Abogados

Diario LA LEY, Nº 10489, Sección Tribuna, 19 de Abril de 2024, LA LEY

LA LEY 15497/2024

Normativa comentada
Ir a Norma TFUE 25 Mar. 1957 (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)
  • SEXTA PARTE. DISPOSICIONES INSTITUCIONALES Y FINANCIERAS.
    • TÍTULO I.. DISPOSICIONES INSTITUCIONALES.
      • CAPÍTULO 2.. Actos jurídicos de la Unión, procedimientos de adopción y otras disposiciones.
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Resumen

El 22 de febrero de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió un fallo significativo sobre el estado de los contratos de trabajo indefinidos no fijos en España. El tribunal determinó que la legislación española carece de medidas suficientes para prevenir y penalizar el abuso en los contratos de trabajo indefinidos no fijos. Pero, ¿qué es de lo que carece exactamente el país?

Portada

Comprender la distinción entre trabajadores permanentes y temporales en las administraciones públicas es crucial, especialmente con la aparición de una categoría única conocida como «indefinido no fijo» (INF). A diferencia de los empleados permanentes tradicionales que pasan por exámenes competitivos, los INF adquieren su estatus mediante intervención legal, generalmente debido a irregularidades en sus contratos temporales. De esa manera, los contratos de trabajo INF son una situación única en la que un trabajador público ocuparía tanto un puesto no fijo como un puesto permanente.

La posición de un INF es una solución legal que busca equilibrar la estabilidad laboral con la necesidad de abordar interrupciones y regular el acceso al empleo público. Esta designación, introducida en 1996 en respuesta a abusos en la contratación temporal dentro de la Administración Pública, representa un estatus híbrido entre roles temporales y permanentes. Así, el estatus puede ser reclamado judicialmente por un trabajador bajo un contrato temporal que esté sufriendo abusos.

Respecto a los trabajadores INF, aunque sean similares al personal interino o temporal, pueden buscar la conversión a estatus permanente si han pasado previamente exámenes relevantes. Esta conversión está sujeta al cumplimiento de criterios específicos, incluida la demostración de la necesidad estructural y la evidencia de contratos temporales fraudulentos. Además, los trabajadores INF pueden ser despedidos en circunstancias específicas, lo que les otorga compensación basada en años de servicio según un fallo del Tribunal Supremo de 2017.

En esta línea, debemos recordar que el Acuerdo Marco Europeo, también conocido como la Directiva sobre Trabajo de Duración Determinada 99/70/CE, es una directiva vinculante adoptada por todos los miembros de la UE que tiene como objetivo mejorar la calidad del trabajo de duración determinada y prevenir abusos derivados de contratos sucesivos de duración determinada. La directiva subraya principios de no discriminación y estipula medidas para prevenir el abuso, como justificar las renovaciones de contratos y limitar su duración total.

Precisamente, el TJUE expresó preocupaciones de que España podría estar incumpliendo sus obligaciones establecidas en el Acuerdo Marco Europeo, específicamente en relación con los empleados públicos INF

Precisamente, el TJUE expresó preocupaciones de que España podría estar incumpliendo sus obligaciones establecidas en el Acuerdo Marco Europeo, específicamente en relación con los empleados públicos INF. A pesar de los esfuerzos del gobierno español por abordar el problema mediante la legislación de medidas compensatorias para los trabajadores temporales, el tribunal encontró que persisten lagunas, particularmente en la protección contra el abuso dentro de los contratos indefinidos no fijos, como los contratos interinos.

La falta de un marco legal claro para INF ha llevado a una inestabilidad interpretativa, y conflictos futuros pueden requerir una mayor adaptación. Los fallos recientes del TJUE sobre trabajo de duración determinada y no discriminación han influido en la interpretación de INF, instando a una respuesta legal más definitiva.

La sentencia del TJUE aclara que los trabajadores INF deben considerarse dentro del ámbito del Acuerdo Marco, enfatizando que la prórroga automática de contratos de duración determinada sin un proceso selectivo para la colocación permanente constituye una violación del acuerdo.

Sin embargo, esta no es la primera vez que el TJUE se enfrenta al problema del abuso de estos trabajadores en España. En marzo de 2020, el TJUE tuvo un fallo sin precedentes en el caso de los trabajadores INF bajo contratos temporales. El fallo sugería que España encontrara una solución o al menos proporcionara compensación retroactiva por el frecuente abuso del empleo temporal por parte de la SPA. Sin embargo, en ese momento, el TJUE no sugirió que la medida apropiada fuera otorgar un puesto permanente a estos trabajadores; en cambio, dejó la decisión en manos de los tribunales españoles para que procedieran con medidas adecuadas.

Más tarde, el TJUE —y muchos activistas— sintieron que la SPA no quería cumplir, ya que la Administración no respetaba los plazos y rara vez llevaba a cabo procesos. Más en particular, fueron muy críticos con la ausencia de medidas adecuadas dentro de la legislación española para disuadir y castigar tales prácticas. Sin embargo, este fallo había puesto en marcha una exposición y conciencia sobre los derechos de los empleados interinos a largo plazo en toda la nación.

Particularmente, en contraste con el de 2020, en el último caso analizado por el TJUE se menciona una solución: convertir contratos temporales en permanentes como un medio para frenar el uso sucesivo de contratos temporales, incluida la perpetuación de contratos indefinidos no fijos mediante prórrogas sucesivas.

Asimismo, la decisión del TJUE subraya la importancia de la adhesión a las regulaciones europeas, especialmente para salvaguardar los derechos de los trabajadores y promover prácticas laborales justas. La importancia del fallo radica en particular en su alineación con el marco legislativo de la UE, especialmente el artículo 288 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) (LA LEY 6/1957), que describe la adopción de regulaciones y directivas, en lo que respecta a los derechos de los trabajadores contratados temporalmente; y enfatiza la naturaleza vinculante de estas regulaciones y directivas en todos los estados miembros, asegurando el cumplimiento de los principios del Acuerdo Marco Europeo sobre trabajo de duración determinada.

En definitiva, la sentencia subraya una problemática profunda en el marco legislativo laboral de España y pone de manifiesto la importancia de alinear la legislación nacional con los estándares y principios europeos para garantizar un trato justo a los trabajadores. ¿Actuará el Gobierno para poner fin a esta brecha y asegurar los derechos de todos los trabajadores?

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