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«Se echa de menos una mayor regulación del ejercicio profesional de la protección de datos, que establezca los derechos y obligaciones del sector»

Entrevista a Javier Puyol y Rodrigo González, copresidentes de la sección de protección de datos y big data del ICAM

«Se echa de menos una mayor regulación del ejercicio profesional de la protección de datos, que establezca los derechos y obligaciones del sector»

  • 1-4-2024 | Carlos Fernández Hernández
  • Con motivo de la puesta en marcha de la nueva sección del Colegio de la Abogacía de Madrid dedicada a las perspectivas e implicaciones profesionales que plantean tanto la protección de datos como el Big Data, entrevistamos en este número a sus dos copresidentes, Javier Puyol, socio director de Puyol Abogados & Partners, y socio fundador y presidente de Becompliance, y Rodrigo González, socio de Deloitte Legal. Entre los objetivos y propuestas de la nueva sección destaca la obtención, en coordinación con el Centro de Estudios del Colegio, de una certificación de protección de datos de perfil bajo dirigida a profesionales y también a su personal, para fomentar una cultura corporativa basada en la protección de datos, a todos los niveles.
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Carlos B Fernández.- El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), el mayor de Europa por número de colegiados, ha puesto en marcha una nueva sección dedicada a las perspectivas e implicaciones profesionales que plantean tanto la protección de datos como el Big Data.

Y para codirigirla, ha puesto al frente a dos acreditados especialistas en la materia, como son Javier Puyol, socio director de Puyol Abogados & Partners, socio fundador y presidente de Becompliance, y Rodrigo González, socio de Deloitte Legal.

La sección cuenta además con un consejo asesor, que cuenta con expertos tan relevantes como Daniel Choliz, Carlos Alonso Martínez, Ofelia Tejerina, Vicente Moret y Ricard Martínez (director de LA LEY PRIVACIDAD).

La nueva sección fue presentada el pasado 29 de enero, en un acto que contó, además de con los responsables de la sección, con la presencia de la directora de la Agencia Española de Protección de Datos, Mar España.

En la sesión, los dos copresidentes tuvieron ocasión de presentar sus objetivos y propuestas, entre los que destacaron la obtención, en coordinación con el Centro de Estudios del Colegio, de una certificación de protección de datos de perfil bajo dirigida a profesionales y también a su personal, para fomentar una cultura corporativa basada en la protección de datos, a todos los niveles

Para conocer con mayor profundidad las características y finalidades de esta sección, LA LEY PRIVACIDAD ha tenido oportunidad de conversar con sus dos responsables, en esta entrevista exclusiva.

LA LEY PRIVACIDAD. ¿Por qué una sección sobre protección de datos y Big Data en el Colegio de la Abogacía de Madrid?

JAVIER PUYOL Y RODRIGO GONZÁLEZ. Hoy en día la Protección de Datos es un ámbito que goza de una extraordinaria relevancia tanto para las empresas como para los profesionales, y constituye una materia principalmente de carácter transversal. Esta aplica a multitud de relaciones jurídicas y sociales, donde se tiene que proteger por encima de todo la intimidad y la privacidad de las personas.

LLP. ¿Qué objetivos se han fijado?

J.P / R.G. Fundamentalmente, los objetivos que persigue esta Sección se basan en la divulgación de la materia, elevando el conocimiento que tienen los abogados sobre la protección de datos, y también de aquellas personas que trabajan en los despachos profesionales. No obstante, la Sección está abierta a la sociedad en general, contribuyendo a divulgar una cultura por la que se respeten los derechos de las personas en este ámbito, máxime teniendo en cuenta los desarrollos tecnológicos que, en algunos casos, podrían llegar a comprometer esos derechos.

LLP. La protección de datos no es una tarea puramente jurídica, su práctica implica a las áreas de tecnología, negocio y seguridad de las organizaciones, en un complejo entorno regulatorio. Y esto nos sugiere varias cuestiones. En primer lugar: ¿consideran que, por la formación que reciben en sus estudios de Grado, están preparados los profesionales de la abogacía para afrontar esos desafíos y el trabajo en equipo que requiere?

J.P / R.G. La Protección de Datos se ha desarrollado con el tiempo como una especialización jurídica que tiene unas finalidades que satisfacer y garantizar, diferentes a las ramas del derecho tradicional. Creemos que en la actualidad en los estudios de Grado se debería prestar más atención a esta materia dada la importancia que tiene sobre la economía y la sociedad en general. En este sentido, es indudable que hoy en día hay muchas voces que reclaman, por un lado, una mayor presencia en la formación universitaria, teniendo en consideración el cúmulo de relaciones jurídicas que en la actualidad se ven condicionadas por la aplicación, precisamente, de la Protección de Datos; y, por otro lado, impulsar los estudios combinados de derecho y tecnología.

LLP. En particular ¿creen que la formación impartida en nuestros centros universitarios es la adecuada a la importancia del tema o sigue siendo una tarea dependiente de los estudios de especialización de postgrado? ¿Debería incluir referencias a la formación científica y técnica, incluyendo metodologías de gestión de proyectos (lean-Prince 2, Agile)?

J.P / R.G. Es necesario que nuestros estudiantes universitarios adquieran una base mínima de conocimiento en estas materias que, sin lugar a duda, repercuten en su formación, pero también en el desarrollo de su actividad profesional. Cada vez se hace más preciso que nuestros universitarios conozcan y se familiaricen con herramientas técnicas que les proporcionen no sólo un mayor conocimiento, sino también una mayor versatilidad y adaptabilidad para acometer nuevos retos profesionales en materia tecnológica.

LLP. En estos momentos el ejercicio profesional en el ámbito de la protección de datos no es una profesión regulada. ¿Creen que es una situación adecuada o existen ámbitos en los que el asesoramiento en materia de protección de datos es una competencia que debería ejercerse estando en posesión de un grado en derecho?

J.P / R.G. Es cierto que en este momento se echa de menos que no exista una mayor regulación, donde profesionalmente se establezcan derechos y obligaciones que comprometan a los profesionales que ejercen sus funciones en este ámbito de actuación. También sería recomendable precisar de manera concreta los requisitos que deben concurrir en los profesionales que se dedican a asesorar a las empresas en este ámbito y/o a representarlas como Delegados de Protección de Datos.

Debe destacarse, además, cómo la Agencia Española de Protección de Datos ha tratado de manera sistemática de erradicar malas prácticas, pero creemos que ello todavía existe una labor por delante.

LLP. Ustedes han planteado ofrecer a través del Colegio una certificación propia, de bajo nivel, en materia de protección de datos para los profesionales de la abogacía y su personal ¿qué motiva esta propuesta?

J.P / R.G. Como señalábamos anteriormente, es preciso una mayor divulgación tanto de esta materia, como de la cultura que ella lleva consigo, y que ha calado con bastante lentitud dentro de la sociedad. En este caso, pretendemos expandir dicho conocimiento entre todos los operadores jurídicos vinculados a la abogacía, pues ello no sólo supone un reto para dichos profesionales en general, sino también una garantía para los ciudadanos que recurren a los servicios profesionales de la abogacía a los efectos de que vean mejor respaldados sus derechos y también sus pretensiones.

LLP. ¿Cómo proponen definir esta formación en unos momentos en los que cada día más las compañías confían en curso de alta especialización impartidos por escuelas de negocio, de entornos de certificación y de las propias empresas, e incluso la propia AEPD emite esa certificación?

J.P / R.G. La formación que se pretende a través de la correspondiente certificación es proporcionar a los abogados y aquellas personas que forman parte de un despacho profesional de un vehículo de conocimiento, que garantice que la aplicación de la protección de datos es real y efectiva en los mismos, garantizando, si cabe, de una manera mucho más intensa los derechos de los clientes y de terceros en toda clase de asuntos sometidos a su ejercicio profesional. Creemos que ello va a redundar de una manera muy positiva en la abogacía en general.

LLP. La Agencia Española está embarcada en una intensa política de formación y concienciación de la importancia de la privacidad ¿cómo plantean su relación con este organismo?

J.P / R.G. La Sección nace con una vocación de universalidad partiendo de la necesaria colaboración con toda clase de instituciones como pueden ser la AEPD, la Red Iberoamericana de Protección de Datos, las asociaciones de profesionales en esta materia, y cuantas otras puedan aportar valor en el conocimiento y la aplicación práctica de la Protección de Datos Personales. En todo caso, debe resaltarse que el fomento y el desarrollo de la protección de datos es cosa de todos y no exclusivamente del regulador, al que se le reconoce abiertamente el papel tan intenso y eficiente que ha llevado a cabo durante los últimos años.

LLP. En el sector existen varias relevantes asociaciones profesionales ¿qué relación esperan mantener con ellas y con qué objetivos?

J.P / R.G. Como indicábamos antes, queremos tender puentes sólidos y bidireccionales de intensa colaboración. Asociaciones como APEP, ISMS Fórum, entre otras aportan mucho valor a la Protección de Datos, y creemos imprescindible ampliar e intensificar esta colaboración, porque constituye un beneficio evidente tanto para dichas asociaciones como para el propio Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid a través de esta Sección especializada.

LLP. La Sección nace en un momento en que la Unión Europea está introduciendo una amplia regulación de la gestión de los datos ¿qué importancia otorgan a este nuevo marco regulador?

J.P / R.G. La Protección de Datos desde hace mucho tiempo ha dejado de ser patrimonio individual de los Estados, para hacerse fuerte a través de una normativa común, como hemos visto con un ingente número de Directivas, pero sobre todo con el Reglamento General de Protección de Datos (LA LEY 6637/2016). Así, con múltiples resoluciones y proyectos tanto de la Comisión Europea, del Parlamento Europeo, como de la Comité Europeo de Protección de Datos, se establecen como elemento aglutinador de este derecho dentro del marco de la Unión. Por ello, se hace cada vez más necesario colaborar activamente con estas instituciones comunitarias, reflexionando y contribuyendo en la medida de los posible por mejorar las normas que regulan la Protección de Datos, y su aplicación en la práctica.

LLP. ¿Creen que es el apropiado para un adecuado desarrollo científico, económico y tecnológico y con garantías, de esta materia?

J.P / R.G. El marco regulador no cabe duda de que tiene posibilidades de mejora, sobre todo si tenemos en cuenta la magnitud de los cambios tecnológicos que se están produciendo y también la evolución social que los mismos llevan consigo. Es indudable que la normativa, dada su necesaria amplitud y ambigüedad, debe ir retroalimentándose de las experiencias adquiridas, pero también hacer frente en cada momento a los nuevos condicionamientos que se están produciendo, y que exigen cambios tanto desde el punto de vista científico, económico, tecnológico, pero sin olvidar las implicaciones sociales y jurídicas que esta evolución lleva consigo.

LLP. Entre estas reformas, se incluye la próxima publicación del Reglamento de aplicación del RGPD ¿cómo valoran a esta nueva norma y sus efectos en la práctica de la protección de datos?

J.P / R.G. Con relación a esta nueva norma, si es que finalmente se termina publicando, se mejorará la interpretación para la aplicación práctica de muchos de sus preceptos, que siguen generando incertidumbre. Entre tanto, debemos prestar una especial atención la nueva regulación comunitaria sobre la Inteligencia Artificial (IA), que puede suponer una auténtica revolución en el ámbito de los tratamientos de datos personales, cuando se lleven a cabo mediante el empleo de dicho medio tecnológico.

LLP. Está muy próximo a publicarse el nuevo Reglamento europeo de Inteligencia Artificial ¿Cómo valoran esta norma, tanto en relación con la posible necesidad de asesoramiento a los clientes como el ejercicio de la abogacía por los profesionales?

J.P / R.G. Tal como indicábamos, se ve con mucha expectación toda vez que su fecha de efectiva aplicación no será hasta 2026, y los avances tecnológicos en este periodo de tiempo pueden debilitar nuevamente el texto, al definir nuevos escenarios operativos no previstos en la norma. En todo caso, existe una más que fundada confianza en que a través del mismo se produzca un avance regulatorio muy importante, donde se delimite el posicionamiento de las empresas con respecto a la Inteligencia Artificial (IA).

LLP. Por último, en relación con la Inteligencia Artificial y los retos que presenta, ¿cómo se plantean afrontar el uso de este tipo de herramientas en el sector de la abogacía?

J.P / R.G. Debe partirse del hecho de que la Inteligencia Artificial va a generar una revolución mucho mayor y más extensa que lo que supuso en su momento la aparición de Internet. A través de ella, es evidente que va a existir una potenciación de aquellas herramientas que la incorporen como motor de su funcionamiento, y teniendo en cuenta el impacto que las mismas van a tener, es difícil que el mundo de la abogacía se resista a la no utilización uso de estas herramientas, por el ahorro de tiempo y de esfuerzo que las mismas suponen, y al mismo tiempo, por el reforzamiento en nuestra gestión como abogados en su conjunto con precisión, calidad y control. Creemos que es una tendencia imparable que no tardará demasiado tiempo en encontrarse completamente generalizada en nuestros procesos.

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