Antecedentes
El Tribunal de Justicia presentó una propuesta de modificación del Protocolo n.o 3 de su Estatuto en diciembre de 2022. Los cambios se acordaron en negociaciones entre el Parlamento Europeo y el Consejo, con la participación del Tribunal de Justicia y la Comisión
Los cambios en el Estatuto del Tribunal de Justicia permitirán al Tribunal de Justicia de la UE gestionar su trabajo judicial de manera más eficiente, aprovechando una reforma judicial anterior que aumentó el número de jueces del Tribunal General.
Cambios en materia de cuestiones prejudiciales
La reforma permitirá transferir competencia sobre cuestiones prejudiciales al Tribunal General en ámbitos específicos, mientras que el Tribunal de Justicia conservará competencia sobre cuestiones de principio, como las que implican la interpretación de los Tratados o la Carta de los Derechos Fundamentales.
Los ámbitos específicos en los que el Tribunal General será competente en materia de cuestiones prejudiciales incluyen:
- — el sistema común del impuesto sobre el valor añadido
- — impuestos especiales
- — el Código Aduanero y la clasificación arancelaria de las mercancías según la Nomenclatura Combinada
- — la clasificación arancelaria de mercancías según la Nomenclatura Combinada
- — Compensación y asistencia a los pasajeros en caso de retraso o cancelación de los servicios de transporte o denegación de embarque.
- — el régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero
En cuanto a los aspectos procesales, la reforma prevé un mecanismo de ventanilla única, en virtud del cual los jueces nacionales seguirán dirigiendo peticiones de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia, que a su vez remitirá al Tribunal General las cuestiones de su competencia. jurisdicción.
Las garantías procesales ante el Tribunal General reflejan las que ya son aplicables en el Tribunal de Justicia. En particular, se designarán jueces del Tribunal General que actuarán como Abogados Generales para emitir un dictamen sobre la cuestión prejudicial, y se creará una sala de tamaño intermedio en el Tribunal General para tramitar determinadas peticiones de decisión prejudicial.
Limitar los recursos ante el Tribunal de Justicia
La reforma también amplía el mecanismo de filtrado de apelaciones adoptado en 2019 a cualquier institución, agencia, oficina y organismo de la UE con una junta de apelación independiente. Con arreglo a ese mecanismo, los asuntos que ya hayan sido examinados dos veces (por una sala de recurso independiente y por el Tribunal General) sólo podrán presentarse ante el Tribunal de Justicia si plantean una cuestión significativa en cuanto a la unidad, coherencia o desarrollo del Derecho de la UE.
Este mecanismo también se aplicará a los recursos en los casos en que el Tribunal de Justicia sea competente mediante una cláusula compromisoria incluida en un contrato, en el que el litigio normalmente se refiere al derecho nacional. Sin embargo, cuando la disputa implique la aplicación del derecho de la UE y plantee cuestiones importantes para la unidad, la coherencia o el desarrollo del derecho de la UE, seguirá siendo posible recurrir.
Otras medidas
La reforma también aumenta la transparencia de los procedimientos sobre solicitudes de decisiones prejudiciales. Sin perjuicio de las normas sobre acceso a los documentos establecidas en el Reglamento 1049/2001, que siguen siendo plenamente aplicables, los escritos de las partes se harán públicos después de la sentencia, salvo que el interesado se oponga a dicha publicación. Esto aumentará la rendición de cuentas y fortalecerá la confianza en la UE, así como en la legislación de la UE, en beneficio de los ciudadanos y los jueces nacionales.
Actuaciones futuras
El presente acuerdo provisional alcanzado tendrá que ser respaldado por el Consejo y el Parlamento. Con posterioridad será adoptado formalmente por ambas instituciones tras una revisión jurídico-lingüística.