Instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad sobre procedimiento de la detención policial
- Su objetivo es integrar y refundir toda la normativa e instrucciones de la Secretaría de Estado de Seguridad existentes, que actualmente se encuentran de forma dispersa, así como la actualización de su contenido.
Instrucción núm. 1/2024 de la Secretaria de Estado de Seguridad por la que se aprueba el "Procedimiento integral de la detención policial" (LA LEY 7/2024)
Para alcanzar una más eficaz protección de los derechos de la persona detenida y mayor seguridad en las actuaciones de las FCSE, se considera necesario impartir nuevas instrucciones, precisas y actualizadas, que permitan continuar salvaguardando tales derechos y, simultáneamente, dotar a los agentes de las garantías jurídicas suficientes con ocasión de la práctica de la detención y la posterior custodia.
Se que la Instrucción sea una herramienta útil y flexible, de tal forma que se prevé su revisión con carácter periódico para adaptarse a las actuales realidades sociales, a las actualizaciones normativas, y a los nuevos pronunciamientos judiciales o de otras autoridades competentes.
Como principales novedades pueden citarse:
- • Inclusión de las normas sobre detención de menores contenidas en la Instrucción 1/2017, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se actualiza el "Protocolo de actuación policial con menores";
- • Coordinación de actuaciones en la detención de ciudadanos extranjeros;
- • Peculiaridades de la detención de otras personas por razón de su cargo;
- • Medidas que garanticen el máximo respeto y erradicación de cualquier situación que pueda suponer discriminación en la detención de personas en función de su orientación sexual, identidad de género o características sexuales en conformidad con lo establecido en la legislación vigente;
- • Referencia expresa a la figura de la persona investigada no detenida, como medida de actuación alternativa a la detención;
- • Regulación de medidas singulares de atención, protección y seguridad aplicables a aquellas personas detenidas más vulnerables y aquellas otras que presenten riesgo de llevar a cabo conductas autolesivas o autolíticas.