Cargando. Por favor, espere

Privacidad y protección de los menores de edad en el entorno digital

  • 28-12-2023 | Mar España Martí
  • El presente texto es una síntesis de la participación de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), Mar España Martí, en el I Congreso de Protección de Datos en la Comunidad Educativa, organizado por la Generalitat Valenciana los días 24 y 25 de octubre de 2023, y que reunió a un importante elenco de profesionales de la educación, protección de datos, y seguridad tecnológica, además de autoridades de control y representantes de la industria.This text is a summary of the participation of the Director of the Spanish Data Protection Agency (AEPD), Mar España Martí, in the First Congress on Data Protection in the Educational Community, organized by the Generalitat Valenciana on October 24 and 25, 2023, which brought together an important group of professionals in the fields of education, data protection and technological security, as well as control authorities and industry representatives.
Portada

Los pasados 24 y 25 de octubre tuvo lugar el I Congreso de Protección de Datos en la Comunidad Educativa organizado por la Generalitat Valenciana, que reunió a un importante elenco de profesionales de la educación, protección de datos, y seguridad tecnológica, además de autoridades de control y representantes de la industria.

El Congreso se celebró en un momento idóneo, por una parte, al coincidir con el inicio del curso escolar, y con el tratamiento de datos personales que la función educativa implica aportando respuestas a las dudas que se suscitan, y, por otra, para impulsar el debate sobre las consecuencias del uso de la tecnología por los menores en la comunidad educativa y en su tiempo de ocio, con ideas y propuestas para una utilización responsable y saludable. Debate que está en el ánimo de los distintos agentes que velan por la protección de niños y jóvenes.

Conforme a los datos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, el curso 23/24 cuenta con más 8.300.000 alumnos y 800.000 docentes, cifras que suponen un considerable tratamiento de datos, algunos de categorías especiales sujeto a requisitos y garantías específicas, como los relativos a determinados aspectos de la salud de los alumnos, y que por sí mismas justifican el Congreso. Tratamiento de datos que con arreglo al Reglamento general de protección de datos (RGPD) (LA LEY 6637/2016) constituye una actividad principal del sistema educativo al ser indisociable de la función que cumple: la de garantizar el derecho fundamental a la educación.

La educación, en cualquiera de los niveles que establece la legislación que la regula, constituye uno de los sectores más sensibles en materia de protección de datos

La educación, en cualquiera de los niveles que establece la legislación que la regula, constituye uno de los sectores más sensibles en materia de protección de datos y en consecuencia, y para facilitar el cumplimiento de la normativa, el RGPD y la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales (LA LEY 19303/2018) (LOPDPGDD), esta última expresamente, establecen la obligación de designar un delegado de protección de datos (DPD) a los centros docentes para que les informe y asesore sobre su aplicación y supervise su cumplimiento, de manera que la función educativa no se vea entorpecida con las dudas cotidianas sobre el tratamiento de datos al disponer obligatoriamente de un experto, como el DPD, para resolverlas.

Es por ello que, en este ámbito, la figura del DPD adquiere la condición de pieza fundamental, de apoyo necesario para los responsables del tratamiento de los datos, ya sean las Administraciones Educativas, en los centros públicos, o los propios centros privados y en régimen de concierto.

Los DPD han contado siempre con el apoyo de la Agencia para que desempeñen sus funciones con profesionalidad e independencia, se han establecido canales específicos de comunicación, se mantienen encuentros periódicos y se han elaborado guías, materiales y contenidos que tienen como finalidad facilitar que el tratamiento de los datos personales en el sector educativo se adecúe a la normativa aplicable y se abandone la consideración de inconveniente que dificulta la educación.

Por ello, desde la Agencia abogamos por la designación de DPD que cumplan con los requisitos que exige el RGPD, que sean conocedores del Derecho y la práctica de protección de datos y que reúnan las condiciones necesarias para el ejercicio de sus funciones en un entorno en el que la habitual utilización en las aulas de plataformas y aplicaciones tecnológicas, en constante evolución y desarrollo, exige una continua formación y puesta al día.

En la medida que los DPD cumplan con sus funciones de manera satisfactoria, los derechos y libertades de alumnos, familias y docentes, que se garantizan a través de derecho a la protección de datos, van a salir reforzados, pero para que su papel no se quede en una perspectiva meramente formal, los DPD han de contar con el respaldo de los responsables en el ejercicio independiente de sus funciones.

El derecho a la protección de datos tiene un carácter instrumental, pues su finalidad es proteger los derechos y libertades de las personas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales, como el derecho a la salud, a la educación, o a la no discriminación, y que cuando estamos ante personas vulnerables, menores de edad, nos demanda una atención especial para garantizar el principio de su “Interés Superior” que, como parte de nuestro ordenamiento jurídico, obliga a todos: poderes públicos, familias o terceros.

En la observancia de ese Interés Superior, todos los indicadores nos advierten de la importancia que reviste su educación digital, algo que incumbe tanto a las familias como a la escuela.

Durante las tres últimas décadas, la tecnología ha propiciado un cambio de paradigma en los hábitos de la sociedad. Su desarrollo e implantación nos ofrece servicios que mejoran enormemente nuestra calidad de vida, a la vez que, por otro lado, también produce efectos nocivos y no deseados que tienen un gran impacto en los niños y jóvenes por ser el colectivo que con más intensidad la utiliza.

Para la Agencia constituye un objetivo estratégico, al que otorgamos la máxima prioridad, la protección de los menores en el ámbito digital por lo que supone para quienes están en pleno proceso de maduración y de conformación de su personalidad.

Los informes, estudios y encuestas realizados por diferentes entidades comprometidas con la protección de los menores ponen de manifiesto unos hábitos de uso de la tecnología que genera nocivas consecuencias que afectan a derechos tan básicos como la salud, educación y el pleno desarrollo de su personalidad.

Según la última encuesta del INE sobre el uso de Internet en los hogares, el 90% de los menores de 10 años usan Internet, porcentaje que llega al 98,3% con 15 años.

UNICEF, en su estudio sobre el “Impacto de la tecnología en la adolescencia”, nos dice que el acceso al primer móvil se produce antes de los 10 años, que un tercio de los niños usa Internet más de 5 horas al día, que 6 de cada 10 duermen con el móvil y 1 de cada 5 se conecta a partir de las 12 de la noche.

La OMS, hasta la fecha, no considera este uso intensivo como adicción sino como problemático, aunque produzca efectos y consecuencias similares a los de las adicciones sin sustancia que afectan a la salud y desarrollo del menor, además de poder llegar a generar graves conflictos en su ámbito familiar y en la comunidad escolar.

La UNESCO en su informe GEM 2023 (Global Education Monitoring) afirma que el tiempo que los niños pasan frente a las pantallas ha aumentado, tanto con fines educativos como de ocio, un incremento que puede afectar negativamente al autocontrol y a la estabilidad emocional, y aumentar la ansiedad y la depresión.

Otra realidad del uso de la tecnología por niños y jóvenes que afecta negativamente a su desarrollo integral es el acceso online a contenidos para adultos y en especial a la pornografía

Otra realidad del uso de la tecnología por niños y jóvenes que afecta negativamente a su desarrollo integral es el acceso online a contenidos para adultos y en especial a la pornografía. Según Save the Chlidren, 7 de cada 10 niños y adolescentes entre 13 y 17 años han consumido porno online, registrándose los primeros contactos a la edad de 8 o 9 años.

Un estudio de la Universidad de las Islas Baleares recoge que el 90% de los menores entre 13 y 18 años ha accedido a contenidos pornográficos, el 76% en lo que se calificaría como “porno duro”, y el 64% en horario nocturno.

El acceso a estos contenidos genera importantes desórdenes en la concepción de las relaciones sexuales y del rol de la mujer. Los pediatras inciden en la falta de capacidad crítica de los menores para discernir la realidad de la ficción y procesar las conductas que ven, que tratan de imitar, al no haber terminado su proceso madurativo.

La última memoria de la Fiscalía General del Estado recoge el alarmante incremento de las agresiones sexuales perpetradas por menores, un 45% con respecto al año anterior y un 116% en los 5 años, y señala que obedece a causas complejas en las que confluyen diversos factores, si bien apunta a la carencia de una adecuada formación ético-sexual y al visionado inapropiado y precoz de material pornográfico violento.

Se requiere, como se viene demandado desde muy diversas instancias, sistemas de verificación de la edad eficaces y respetuosos con la privacidad para el acceso a las páginas de adultos para proteger el desarrollo de los menores.

Estamos ante un panorama que pone de manifiesto un grave problema de salud pública y que nos demanda que actuemos con premura.

Desde la Agencia, además de sancionar a empresas que ofrecen pornografía online por carecer de sistemas eficaces de verificación de edad, limitándose a preguntar al usuario simplemente si supera o no el límite de edad, sin ninguna otra comprobación, hemos impulsado y coordinado la creación de grupos de trabajo para tratar estos dos fenómenos que afectan de manera negativa a los menores, tanto el uso adictivo de la tecnología como el acceso a contenidos online para adultos.

Para dar respuesta a estos problemas, ambos grupos reúnen a las instituciones que velan por los derechos de la infancia, tanto desde una perspectiva material como instrumental, como son los Ministerios responsables de la educación, la salud, la infancia, las familias, las comunicaciones audiovisuales, de garantizar sus derechos, de la ciberseguridad, de la administración digital y de su implantación, así como las organizaciones que velan por la salud, física y mental de los menores, como las corporaciones de psicólogos y médicos.

Frutos de sus reuniones han sido entre otros, por una parte, la estrecha colaboración con la Asociación Española de Pediatría en su iniciativa de Plan Familiar Digital, en el que desde la evidencia científica se proporcionan pautas y orientaciones a las familias para educar a sus hijos en el uso saludable y responsable de las TIC. Incluye el tiempo de uso recomendado de las pantallas en función de la edad: eludir su uso de 0 a 2 años, menos de una hora de 3 a 5 años, y menos de dos horas a partir de los 5 años; o el consejo de evitar el uso de dos o más dispositivos a la vez.

El objetivo del Plan es la prevención de problemas de salud (física, mental, psico social, sexual), aprendizaje y neurodesarrollo, proporcionando recursos para la detección de conductas adictivas y poder prevenirlas y tratarlas en función de la edad de los menores.

Los pediatras nos advierten y nos muestran las consecuencias que el uso inapropiado de las pantallas tiene en la salud física y mental y cómo afecta a su neurodesarrollo.

Esos hábitos también tienen consecuencias en el aprendizaje, afectando a la capacidad de atención y al rendimiento educativo. El coeficiente intelectual de las nuevas generaciones está disminuyendo desde el cambio de milenio una media entre 2,5 y 4,3 puntos cada diez años, según el estudio del Centro de Investigación Ragnar Frisch, publicado en la revista de Ciencias de Estados Unidos.

A su vez, el nivel de lectoescritura de los menores se ha visto afectado por, según algunos estudios, el uso intensivo que realizan de los dispositivos electrónicos, experimentado una significativa caída desde el año 2016, que en España ha supuesto una bajada de 7 puntos.

El informe PISA recién publicado incide en el descenso de la comprensión lectora de los alumnos, 3 puntos en España y 11 puntos en el ámbito de la OCDE, respecto a la anterior edición de 2018, y de 8 puntos en matemáticas. Distraerse con los móviles supone perder la mitad de los conocimientos de un curso de matemáticas.

En paralelo, en Estados Unidos, las plataformas educativas han demandado a las principales empresas de internet por daños a la salud mental de la juventud.

Ante la magnitud de los datos, debemos replantearnos el uso de las TIC por los menores, para que aprovechen de manera efectiva todo su potencial de posibilidades, pero evitando los riesgos y las consecuencias nocivas que implican los comportamientos y usos adictivos de la tecnología.

Si tenemos presente los tiempos de uso que indican los pediatras, hemos de actuar en diferentes ámbitos. Uno de ellos es propio de la educación, estableciendo pautas sobre el uso de tecnologías en el aula compatibles con los métodos de aprendizaje que desarrollan lectura y escritura.

Ya en 2015, la OCDE, en su informe “Students, Computers and Learning”, advertía que los países que habían invertido mucho en las TIC no mostraban mejoras apreciables en el rendimiento de los alumnos en lectura, matemáticas o ciencias.

En el ámbito familiar, la educación digital constituye un gran reto: niños y niñas siguen el ejemplo que les proporcionan sus padres, y el 37% suelen usar el móvil durante las comidas. Es necesario que los niveles de conciencia y sensibilización de las familias les hagan ver que la entrega de un móvil a un niño, cada vez a edades más tempranas, sin pautas de uso, les pone en sus manos un instrumento que va a posibilitar que sufran y ocasionen daños, pues la percepción del riesgo no se desarrolla en el cerebro hasta los 25 años. Según el estudio de UNICEF, sólo el 13% de las familias utilizan herramientas de control parental, el 24% limitan las horas de uso y el 30% ponen normas sobre su uso.

La Agencia, junto con la Asociación Española de Pediatría, se ha dirigido a los responsables de las Consejerías de Educación, Sanidad y Familias para dar a conocer el Plan Familiar Digital y que lo difundan en su ámbito de actuación, muy especialmente a las familias y los docentes. También ha propuesto a las Administraciones Educativas que valoren la adopción de medidas de restricción o limitación del uso de los dispositivos electrónicos en los centros escolares, pues las evaluaciones realizadas en Comunidades Autónomas que lo han restringido, como Galicia y Castilla La Mancha, indican que ha disminuido significativamente el riesgo de ciberacoso y aumentado el rendimiento escolar. Propuesta que se va abriendo camino y se sigue por otras Comunidades Autónomas que así lo han anunciado, como Valencia y Andalucía, y a las que damos la bienvenida.

Por lo que respecta al acceso online a contenidos pornográficos, la Agencia, tras un intenso trabajo, acaba de presentar los criterios que han de ser tenidos en cuenta por los sistemas de verificación de la edad de los usuarios de manera eficaz y respetuosa con la normativa de protección de datos y privacidad (disponibles en su web: www.aepd.es). Criterios que se alinean con las consideraciones del Tercer Comité de la Asamblea General de Naciones Unidas, encargado de los Asuntos Sociales, Humanitarios y Culturales, en su Resolución del pasado 8 de noviembre sobre “Promoción y protección de los derechos de la infancia”.

Ambos usos de la tecnología, adictivo y problemático, pasan a ser un factor que estimula comportamientos de violencia digital, aquella realizada a través de las TIC como la define la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) y que tiene proyección en el ámbito educativo, por lo que la Ley ha creado la figura del Coordinador de bienestar y protección en todos los centros educativos con funciones en materia de tratamiento ilícito de datos que pueden dar lugar a situaciones de violencia digital, pues la propia LOPIVI considera violencia el maltrato psicológico o emocional, las amenazas, el acoso escolar, sexual, la extorsión sexual o la difusión pública de datos privados, comportamientos que pueden llevarse cabo a través de las TIC.

Son de lamentable actualidad los casos en los que la difusión de imágenes en redes sociales por escolares ocasiona graves daños y perjuicios, algunos irreparables o de difícil reparación, para los que la actuación del Coordinador de bienestar y protección se configura como clave para frenar la publicación digital de contenidos sensibles.

Violencia digital, cuya asiduidad es una muestra más de que estamos ante un grave problema de salud pública al que debemos hacer frente entre todos de manera urgente, cada uno en nuestros ámbitos de competencia.

Conductas que en cualquier caso generan responsabilidad de distintos tipos, desde la administrativa en materia de protección de datos, que en el caso de que los autores sean menores, pero mayores de 14 años responden sus padres o tutores de la multa que se pueda imponer; la penal con arreglo a la normativa de responsabilidad penal del menor, que contempla medidas que pueden llegar al internamiento; civil por los daños y perjuicios materiales y morales que se causen; incluso en el ámbito educativo pudiendo llegar a la expulsión del alumno del centro.

Aunque por los hechos que se vienen produciendo es evidente que llegamos tarde, todavía estamos a tiempo de intervenir y buscar medidas y soluciones a esta situación. Una de ella, que es apoyada por la Agencia y por la Fiscalía General del Estado, y por más de 130 entidades y organizaciones, es la propuesta de Pacto de Estado con medidas de consenso para la protección de la infancia y la adolescencia en el entorno digital promovida por organizaciones de la sociedad civil implicada en la defensa de los derechos de la infancia y la juventud.

Tenemos la obligación como poderes públicos de trabajar e impulsar este tipo de medidas e impulsarlas, pues su objetivo, la protección y bienestar de los menores, lo compartimos todos.

Se hace imprescindible y apremiante la adopción de un marco legislativo y la elaboración de un Plan Estratégico Nacional para la protección integral de la infancia y adolescencia en el ámbito digital.

Es un reto en el que nos jugamos el futuro de la siguiente o siguientes generaciones que ha de abordarse conjuntamente entre todos los actores implicados, gobiernos, instituciones, industria, familias, pues su salud, educación y bienestar están al margen de ideologías y posiciones políticas.

Finalizo, reiterando la necesidad de actuar con urgencia para garantizar los derechos de niños, niñas y jóvenes en el mundo virtual y contribuir a la construcción de un futuro mejor para ellos y para el conjunto de la sociedad, propósito que sin duda todos compartimos.

Queremos saber tu opiniónNombreE-mail (no será publicado)ComentarioLA LEY no se hace responsable de las opiniones vertidas en los comentarios. Los comentarios en esta página están moderados, no aparecerán inmediatamente en la página al ser enviados. Evita, por favor, las descalificaciones personales, los comentarios maleducados, los ataques directos o ridiculizaciones personales, o los calificativos insultantes de cualquier tipo, sean dirigidos al autor de la página o a cualquier otro comentarista.
Introduce el código que aparece en la imagencaptcha
Enviar
Scroll