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La Audiencia de Gipuzkoa estima que la abogacía de oficio ejerce una función pública en el caso de un letrado que fue agredido

La Audiencia de Gipuzkoa estima que la abogacía de oficio ejerce una función pública en el caso de un letrado que fue agredido

  • 22-9-2023 | Consejo General de la Abogacía Española
  • la audiencia detalla que no hay que “perder de vista la condición de letrado de oficio del denunciante y su actuación en calidad de cooperante con la Administración de Justicia de manera esencial para garantizar el derecho constitucional del defensa por lo que pudiera ser sujeto pasivo de un delito de atentado”.
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La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha estimado que la actividad de la abogacía de oficio “participa del ejercicio de funciones públicas” en el caso de un letrado del Turno de Oficio que fue agredido por un cliente en una calle de San Sebastián en junio de 2022.

Con este recurso de apelación, al que se adhiere el Ministerio Fiscal, la audiencia detalla que no hay que “perder de vista la condición de letrado de oficio del denunciante y su actuación en calidad de cooperante con la Administración de Justicia de manera esencial para garantizar el derecho constitucional del defensa por lo que pudiera ser sujeto pasivo de un delito de atentado”.

En un primer momento, el juzgado de instrucción archivó la causa entendiendo que la perpetración del delito no estaba “debidamente justificada al no reflejar que hubiera sufrido lesiones”, según indica el auto. Pero tras apelar a la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa, se ordena la reapertura del caso y se constata “la existencia de indicios de la comisión de un delito leve de maltrato”.

Para Marian Salamero y Mari Paz Sa Casado, letradas del compañero del Turno de Oficio que denunció la agresión, “los abogados en defensa de la tutela judicial efectiva, no solo los de oficio, tenemos el derecho a que nos protejan cuando estamos en ejecución de nuestras funciones”.

“Estamos al mismo nivel que un fiscal, un juez o un letrado de la Administración de Justicia, tenemos responsabilidad civil, penal y disciplinaria, el auto no entiende por qué no vamos a ser objeto de una defensa penal cuando somos agredidos”, señalan.

En este asunto ha resultado relevante la posición de la Fiscalía, que ha entendido que “recibir un tortazo por parte de un cliente siendo abogado de oficio podría ser constitutivo de un delito de atentado a la autoridad”. Y ahora el auto pide que se continúe con las diligencias previas de delito de atentado.

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