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Declarado nulo el despido de una embarazada por uso excesivo del móvil en el trabajo

  • 7-9-2023 | Consejo General de la Abogacía Española
  • El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha declarado nulo el despido de una mujer embarazada por uso excesivo del móvil en el trabajo y obliga a la empresa a readmitirla y a abonar el salario dejado de percibir desde la fecha del despido.
Normativa aplicada
Ir a Norma RDLeg. 2/2015 de 23 Oct. (texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)
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Este nuevo fallo anula el cese al considerar que se han vulnerado sus derechos fundamentales y, por tanto, es contrario al dictado en primera instancia por el Juzgado de lo Social nº 8 de Valencia, en el que se declaró el despido como procedente.

“Es evidente que la empresa no acredita que las faltas que se le imputan en la carta de despido tengan suficiente gravedad y culpabilidad, tales como una disminución del rendimiento o que haya sido desatendida alguna orden de trabajo en una fecha determinada”, afirma Amparo Gimeno, abogada de la afectada.

El Tribunal autonómico identificó varias irregularidades en la decisión inicial de la empresa. Primero, que el acto del despido no se correspondía proporcionalmente con el supuesto uso excesivo del teléfono. Además, que la carta de despido no detallaba adecuadamente los hechos que justificaran una medida tan drástica.

Por su parte, la trabajadora había notificado su embarazo tanto a la empresa como a sus compañeros con anterioridad al despido y tenía una valoración médica como “persona especialmente sensible por gestación, realizado con el fin de determinar qué condiciones del puesto de trabajo podían presentar riesgo y proponer medidas preventivas”, según se detalla en la sentencia.

“Entendemos que este fallo supone un paso más en la protección de los derechos de los trabajadores, en especial de las trabajadoras embarazadas, frente al poder sancionador y disciplinario de la empresa del artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores (LA LEY 16117/2015), que recoge las faltas y sanciones”, denuncia la abogada.

Según indica Gimeno, al declararse la nulidad del despido la trabajadora ha sido readmitida en la empresa, en otro departamento pero en un puesto de la misma categoría y con las mismas condiciones que ostentaba antes del despido. “Después de todo el trabajo que ha supuesto el procedimiento consideramos que se ha hecho justicia para nuestra clienta”.

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