Cargando. Por favor, espere

El Consejo de la Unión Europea da su visto bueno definitivo al nuevo Reglamento sobre máquinas (22 mayo 2023)

El Consejo de la Unión Europea da su visto bueno definitivo al nuevo Reglamento sobre máquinas (22 mayo 2023)

  • 3-6-2023 | Unión Europea
  • El Consejo ha adoptado el 22 de mayo el nuevo Reglamento sobre máquinas. La legislación propuesta actualiza la directiva de máquinas de 2006 y la transforma en un reglamento. El nuevo texto armoniza los requisitos esenciales de salud y seguridad para la maquinaria en la UE, promueve la libre circulación de maquinaria y garantiza un alto nivel de seguridad para los trabajadores y los ciudadanos.

Antecedentes

La Directiva 2006/42/CE (LA LEY 5808/2006) del Parlamento Europeo y del Consejo fue una de las principales leyes que rigen la armonización de los requisitos esenciales de salud y seguridad para maquinaria a nivel de la UE. Fue una de las principales disposiciones rectoras la armonización de los requisitos esenciales de salud y seguridad para maquinaria a nivel de la UE.

Esta se adoptó en el contexto del establecimiento del mercado interior, con el fin de armonizar los requisitos de salud y seguridad aplicables a las máquinas en todos los Estados miembros y eliminar los obstáculos al comercio de máquinas entre los Estados miembros. (

El sector de las máquinas constituye una parte importante de la industria de la ingeniería y es uno de los pilares industriales de la economía de la Unión. El coste social del gran número de accidentes causados directamente por el uso de maquinaria puede reducirse mediante un diseño y una construcción intrínsecamente seguros de las máquinas y mediante una instalación y un mantenimiento adecuados. La experiencia adquirida con la aplicación de la Directiva 2006/42/CE (LA LEY 5808/2006) había puesto de manifiesto insuficiencias e incoherencias en la cobertura de los productos y en los procedimientos de evaluación de la conformidad. Por lo tanto, era necesario mejorar, simplificar y adaptar las disposiciones establecidas en dicha Directiva a las necesidades del mercado y proporcionar normas claras en relación con el marco en el que pueden comercializarse los productos incluidos en el ámbito de aplicación del presente Reglamento.

Recientemente se ha introducido en el mercado maquinaria más avanzada, menos dependiente de operadores humanos. Este tipo de maquinaria trabaja en tareas definidas y en entornos estructurados, pero puede aprender a realizar nuevas acciones en este contexto y hacerse más autónoma. Otras mejoras de la maquinaria, ya existentes o previsibles, son el tratamiento de la información en tiempo real, la resolución de problemas, la movilidad, los sistemas de sensores, el aprendizaje, la adaptabilidad y la capacidad de operar en entornos no estructurados (por ejemplo, obras de construcción). El Informe de la Comisión sobre las implicaciones de la inteligencia artificial, la Internet de los objetos y la robótica para la seguridad y la responsabilidad, de 19 de febrero de 2020, afirmó que la aparición de nuevas tecnologías digitales, como la inteligencia artificial, la Internet de los objetos y la robótica, plantea nuevos retos en términos de seguridad de los productos. Y concluyó afirmando que la actual legislación sobre seguridad de los productos, incluida la Directiva 2006/42/CE (LA LEY 5808/2006), contiene una serie de lagunas a este respecto que es necesario colmar. Así pues, el presente Reglamento debe cubrir los riesgos para la seguridad derivados de las nuevas tecnologías digitales.

Objeto

El presente Reglamento establece los requisitos de salud y seguridad para el diseño y la fabricación de las máquinas, los productos relacionados y las cuasi máquinas, a fin de permitir su comercialización o puesta en servicio garantizando un alto nivel de protección de la salud y la seguridad de las personas, en particular de los consumidores y usuarios profesionales, y, en su caso, de los animales domésticos y los bienes, así como, cuando proceda, del medio ambiente. También establece normas sobre la libre circulación en la Unión de los productos incluidos en el ámbito de aplicación del presente Reglamento.

Comercialización de maquinaria segura en el mercado de la Unión

Dado que las normas que establecen los requisitos aplicables a los productos incluidos en el ámbito de aplicación del presente Reglamento, en particular los requisitos esenciales de salud y seguridad y los procedimientos de evaluación de la conformidad, deben ser de aplicación uniforme para todos los operadores de la Unión y no dar lugar a una aplicación divergente por parte de los Estados miembros, la Directiva 2006/42/CE (LA LEY 5808/2006) debe sustituirse por un reglamento.

Con este propósito el nuevo reglamento establece un marco jurídico para la comercialización de maquinaria segura en el mercado de la Unión y cubrirá los nuevos riesgos relacionados con las tecnologías emergentes. El reglamento también garantiza la seguridad jurídica al aclarar el alcance del reglamento. Por ejemplo, incluye vehículos pequeños utilizados para el transporte de personas y vehículos eléctricos ligeros como scooters o bicicletas, ya que son de uso generalizado y pueden ser potencialmente peligrosos para sus usuarios.

Requisitos de conformidad y documentación

El reglamento hace obligatoria una evaluación de la conformidad por parte de terceros para seis categorías de maquinaria de «alto riesgo».

La información de seguridad deberá proporcionarse con cada producto, pero en línea con la transición digital, la regulación establece que las instrucciones digitales serán la opción predeterminada. Las instrucciones en papel seguirán siendo una opción para los clientes que las soliciten.

Actuaciones futuras

Tras la aprobación por el Consejo, este acto legislativo ha sido adoptado. Tras ser firmado por el Presidente del Parlamento Europeo y el Presidente del Consejo, el Reglamento se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor a los veinte días de su publicación. Los Estados miembros y los operadores económicos tendrán 42 meses antes de que se apliquen las reglas del nuevo reglamento.

Queremos saber tu opiniónNombreE-mail (no será publicado)ComentarioLA LEY no se hace responsable de las opiniones vertidas en los comentarios. Los comentarios en esta página están moderados, no aparecerán inmediatamente en la página al ser enviados. Evita, por favor, las descalificaciones personales, los comentarios maleducados, los ataques directos o ridiculizaciones personales, o los calificativos insultantes de cualquier tipo, sean dirigidos al autor de la página o a cualquier otro comentarista.
Introduce el código que aparece en la imagencaptcha
Enviar
Scroll